Recibe Comisión de Gobernación en San Lázaro proyecto de decreto
Domingo 4 de mayo de 2014, p. 7
La Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados recibió el proyecto de decreto por el que se expide la ley general en materia de delitos electorales, con la que el Ejecutivo pretende endurecer el castigo a quienes ejerzan presión, compra de votos o cometan chantaje para obtener la simpatía y el voto de los ciudadanos, y con ello se afecte la naturaleza de los comicios federales y los organizados por el Instituto Nacional Electoral (INE).
Alejandro Moreno Cárdenas, presidente de esa comisión, recibió el documento remitido por el presidente de la mesa directiva en San Lázaro, José González Morfín. El documento será dictaminado por ese grupo de trabajo, y de ello se dará cuenta en la próxima sesión que celebre el pleno de la Cámara de Diputados.
El proyecto de decreto, enviado como minuta desde el Senado a la Cámara de Diputados, contempla la investigación, persecución, sanción y todo lo referente al procedimiento en los delitos que serán considerados, en lo conducente, por la legislación procesal penal vigente en la Federación y en las entidades federativas y el libro primero del Código Penal Federal.
Así, se darían facultades al Ministerio Público, en todos los casos, a proceder de oficio con el inicio de las investigaciones. Tratándose de servidores públicos que cometan cualquiera de los delitos previstos en esta ley, se les impondrá, además de la sanción correspondiente en el tipo penal de que se trate, la inhabilitación para ocupar un empleo, cargo o comisión en el servicio público federal, local, municipal o de los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, de dos a seis años y, en su caso, la destitución del cargo.
En el caso de los delitos electorales, se impondrán de 50 a 100 días de multa y prisión de seis meses a tres años a quien vote a sabiendas de que no cumple con la ley; vote más de una vez en una misma elección; haga proselitismo o presione objetivamente a los electores el día de la jornada electoral en el interior de las casillas o en el lugar en que se encuentren formados los votantes, con el fin de orientar el sentido de su voto o para que se abstengan de emitirlo.
El castigo penal y pecuniario también se endurecerá a las personas que obstaculicen o interfieran en el desarrollo normal de las votaciones, el escrutinio y cómputo, o el adecuado ejercicio de las tareas de los funcionarios electorales; introduzca o sustraiga de las urnas ilícitamente una o más boletas electorales, o bien, introduzca boletas falsas; obtenga o solicite declaración firmada del elector acerca de su intención o el sentido de su voto. Y la pena se aumentará hasta el doble cuando se ejerza violencia contra los funcionarlos electorales.
La legislación se enfocará en los llamados operadores electorales
, que son aquellos integrantes de los partidos que solicitan votos por paga, prometen de dinero u otra recompensa, o bien mediante violencia o amenaza, presione a otro a asistir a eventos proselitistas, o a votar o abstenerse de votar por un candidato, partido político o coalición, durante la campaña electoral, el día de la jornada electoral o en los tres días previos a la misma
.
Y se prevé que si esa conducta es cometida por un integrante de un organismo de seguridad pública, se aumentará hasta un tercio de la pena prevista en el presente artículo.
El mismo castigo se aplicará a quien amenace con suspender los beneficios de programas sociales, ya sea por no participar eneventos proselitistas, o bien, para la emisión del sufragio en favor de un candidato, partido o coalición; o a la abstención del ejercicio del derecho de voto o al compromiso de no votar en favor de un candidato, partido político o coalición.