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La divulgación universal de información lesiona la dignidad de individuos: experto

Plantean sanciones penales al mal uso de datos personales difundidos por Internet

No se trata de censurar, sino de evitar la estigmatización por actos pasados: funcionario español

 
Periódico La Jornada
Jueves 13 de noviembre de 2014, p. 18

Se requiere establecer sanciones administrativas y penales por el mal uso de los datos personales, ya que esta práctica lesiona la dignidad de los individuos, advirtieron especialistas al señalar que ésta es la mejor respuesta ante la creciente demanda social de protección frente al daño que puede producir la difusión universal de la información privada de las personas mediante Internet y otros medios.

Durante el primer día de sesiones del 12 Encuentro Iberoamericano de Protección de Datos Personales, que tiene lugar en la sede del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (Ifai), se aludió a un caso que derivó en una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE), respecto del tratamiento de datos personales en los motores de búsqueda, concretamente en Google.

Conocido como el caso Costeja, se refiere a la situación que enfrentó un ciudadano español que fue moroso en algún momento de su vida, y la seguridad social de su país publicó un anuncio en el diario La Vanguardia en el que aparecía su nombre como deudor. Esta información oficial pasó a Internet por tratarse de un documento público y oficial y años después, tras haber regularizado su situación, cada vez que se tecleaba el apellido Costeja en el buscador seguía apareciendo como moroso, aún cuando su situación se había resuelto.

Como este ejemplo, señaló José Luis Rodríguez, director de la Agencia Española de Protección de Datos, organismo que defendió el caso del ciudadano español ante la empresa Google, hay muchos otros relacionados con publicación de sanciones, embargos o procedimientos judiciales que van arrastrando y someten a esa especie de estigmatización permanente.

Otras situaciones similares son los antecedentes penales de personas beneficiadas con un indulto, o la difusión de datos personales que afectarían la seguridad de individuos con actividades sensibles, como los funcionarios de prisiones, las víctimas de delitos o información sobre el estado de salud, entre otros.

A partir del caso Costeja surgió lo que se conoce como el derecho al olvido, es decir, a no ser estigmatizado por un acto pasado ya resuelto, subrayó José Luis Rodríguez, por lo que las personas tienen derecho a solicitar al motor de búsqueda la eliminación de referencias que les afectan. Algo que muchos han considerado como la instalación de la censura en Internet.

José Luis Rodríguez destacó que se trata de encontrar un equilibrio entre el interés del público y el derecho a la vida privada y protección de datos, hay que hacer una ponderación caso por caso, prestando especial atención a que los datos sean adecuados y pertinentes, y que estas condiciones se mantengan en el tiempo.

Defendió esta resolución del tribunal, al señalar que quienes utilizan el argumento de censura a la libertad de expresión e información, en realidad buscan proteger intereses espurios, la primacía de los derechos económicos sobre el de las personas, además de que no se elimina la información, por lo que no se impide ni el acceso a la historia ni a la información, simplemente se evita acceder a dichos datos a partir de los enlaces del motor de búsqueda.