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Sanciona a TvAzteca por un reportaje que favoreció al Verde

El TEPJF multa a partidos por mal uso de pautas de transmisión y calumnias
 
Periódico La Jornada
Jueves 18 de junio de 2015, p. 3

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) impuso multas a partidos políticos por mal uso de pautas de transmisión de promocionales durante la pasada campaña, así como por calumniar a oponentes. Sin embargo, las sanciones no rebasan –en cada caso– los 140 mil pesos.

Por otra parte, el tribunal sancionó a TvAzteca por la transmisión de un reportaje en el cual incluyó una frase en favor del Partido Verde Ecologista de México (PVEM). Ante ello, la televisora deberá pagar 350 mil pesos y el partido 70 mil, por beneficiarse de ese material.

En otro asunto, la sala especializada de este tribunal advirtió la ilegalidad de incluir conversaciones telefónicas privadas en la propaganda electoral.

Aquí determinó que el promocional del Partido Revolucionario Institucional (PRI) titulado ‘‘No más’’ vulneró la ley porque en su contenido se utilizaron fragmentos de conversaciones telefónicas privadas del senador del PAN Ernesto Cordero, así como de Francisco Domínguez y Carlos Mendoza Davis, candidatos panistas a los gobiernos de Querétaro y Baja California Sur, respectivamente.

Por unanimidad, la sala impuso una multa de 140 mil 200 pesos al PRI por transgredir el derecho fundamental de inviolabilidad de las comunicaciones privadas, pues si bien las retomó de diversos medios de comunicación, no debió incluirlas en su propaganda.

En tanto, la sanción a TvAzteca fue por el contenido de la parte final del reportaje ‘‘Acuerdo de movilidad’’, transmitido en su noticiero Hechos (AM, Meridiano y De Noche), al incluir: ‘‘Con estas ideas, el PRI y el Partido Verde aspiran a que la ciudad de México se convierta en un modelo de movilidad como sucede en otras grandes urbes’’. Con esa frase, dijeron los magistrados, inobservó el modelo de comunicación política, puesto que es un posicionamiento que se apartó de la objetividad.

En otra parte de la sesión, los magistrados dijeron que no se comprobó la existencia de calumnia de Movimiento Ciudadano (MC) hacia el Partido de la Revolución Democrática (PRD), por la difusión de un espot en el cual se utilizó el tema Ayotzinapa. Los magistrados dijeron que los promocionales pueden tener incluso expresiones fuertes y vehementes de un caso como ese, pero no se comprobó el delito de calumnia.

Se aplicaron otras multas tanto a MC, Partido Acción Nacional y PRI, por uso indebido de la pauta, así como amonestaciones por este mismo motivo.