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Demandan participar en la elaboración de la nueva ley contra ese delito

Piden colectivos que pruebas obtenidas bajo tortura no tengan valor procesal

Presentan una lista de temas y contenidos para ser incorporados en la legislación

Sugieren que el término ‘‘gravedad’’ sea eliminado de la tipificación de ese ilícito, porque favorece al perpetrador

 
Periódico La Jornada
Viernes 4 de septiembre de 2015, p. 5

Luego de exigir mecanismos de diálogo y participación en la elaboración de la ley general contra la tortura, representantes de diversas organizaciones de derechos humanos y de la sociedad civil presentaron una lista de temas y contenidos que deben ser incorporados en dicha legislación, entre los cuales destaca la petición de que no tengan ningún valor procesal las pruebas ilícitas o declaraciones que hayan sido arrancadas bajo esta práctica.

Además, pidieron que de la tipificación de este delito sea eliminado el término ‘‘gravedad’’, a fin de que todas estas prácticas sea consideradas tortura y no se pueda evadir el perpetrador bajo el argumento legal de que se trató de una ‘‘tortura chiquita o menor’’. El tormento es uno solo; se comete o no se comete y debe juzgarse así, pues la víctima sufre en consecuencia profundas huellas sicológicas.

En conferencia de prensa convocada por el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, se denunció que la tortura ‘‘se ha convertido en el método de investigación por excelencia’’ de los cuerpos policiacos, en clara y abierta violación sistemática y generalizada de los derechos humanos en el país.

Además, se dijo, hay ‘‘total impunidad’’ para este tipo de delitos. Stephanie Erin Brewer, del área internacional del Centro Pro, señaló que en los pasados 10 años, en procesos federales sólo hay cinco sentencias condenatorias, algunas todavía en apelación, mientras que a nivel estatal hay ocho desde 2007.

Esto habla no sólo de que la justicia no llega a las víctimas de este delito, sino también de una terrible crisis de derechos humanos que se profundiza cada vez más, dijo Claudia Medina, torturada en 2012, cuando elementos de la Marina en el puerto de Veracruz irrumpieron ilegalmente en su casa y la detuvieron como presunta ‘‘líder’’ del cártel Jalisco Nueva Generación.

Falta calidad en las indagatorias

En sus diversas intervenciones señalaron que otro de los contenidos deseables en la ley es que se realicen ‘‘investigaciones de calidad’’ y las víctimas tengan derecho a peritajes médicos y sicológicos independientes, practicados por expertos seleccionados por la defensa, pues los realizados por la autoridad carecen de rigor científico o están dirigidos a favorecer a los cuerpos policiacos o perpetradores.

Silvano Cantú, del Instituto para la Seguridad y la Democracia, puso especial énfasis no sólo en eliminar el término ‘‘gravedad’’ cuando se tipifique el delito, sino también en ampliar la finalidad por la que se comete.

Hasta ahora, el tipo penal vigente exige que la autoridad investigadora compruebe que quien infligió el castigo lo hizo con intención de obtener información, confesiones o coaccionar a la víctima, elemento que es notoriamente subjetivo y reduce injustificadamente las hipótesis bajo las cuales puede determinarse que un hecho es constitutivo de ese ilícito.

‘‘Esta finalidad cerrada en los tipos penales vigentes contraviene la definición convencional interamericana de tortura, que señala que ésta puede ser cometida ‘con cualquier otro fin’’’, dice la propuesta de las organizaciones. Es decir, lo que se busca es tipificar el delito conforme a los tratados y estándares internacionales en la materia, con sanciones acordes a la gravedad de la conducta.