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El Congreso local incumplió la obligación de consultar a pueblos y comunidades

Invalida la Suprema Corte la Ley de Sistemas Electorales Indígenas de Oaxaca

Regula comicios en más de 435 municipios que utilizan el modelo de usos y costumbres

 
Periódico La Jornada
Martes 20 de octubre de 2015, p. 13

Por unanimidad la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó ayer la Ley de Sistemas Electorales Indígenas de Oaxaca, que regula aspectos de los comicios en más de 435 municipios de esa entidad que emplean el modelo de usos y costumbres y no el de partidos políticos.

El pleno del máximo tribunal determinó que el Congreso oaxaqueño violó el artículo segundo de la Constitución federal, pues en ningún momento del proceso legislativo cumplió la obligación de consultar la opinión de los pueblos y comunidades indígenas.

El principal punto de la ley anulada fue la creación de un consejo estatal de sistemas normativos electorales indígenas para supervisar esos procesos, incrustado como especie de órgano paralelo en el instituto estatal electoral.

Además de ese organismo, el Instituto Nacional Electoral se sumó a las críticas a esa figura, ya que los tres consejeros para temas indígenas serían designados por el Congreso de Oaxaca, lo que directamente era violatorio de la autonomía del órgano electoral.

El caso llegó a la Corte mediante acciones de inconstitucionalidad promovidas por los partidos Acción Nacional y los locales Unidad Popular y Socialdemócrata.

Apenas el 5 de octubre pasado la Corte invalidó la nueva Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales de Oaxaca, ya que fue aprobada sin debate alguno por la alianza del gobernador Gabino Cué en medio de una trifulca entre partidos.

Esa norma también regulaba los procedimientos para elecciones por usos y costumbres que se desarrollarán mediante asambleas en 2016.