Jueves 24 de marzo de 2016, p. 16
La diputada local por Sinaloa Lucero Sánchez López sólo podrá ser procesada por haber falsificado su credencial de elector el día que visitó a Joaquín El Chapo Guzmán en el penal del Altiplano, si la Cámara de Diputados federal primero y la legislatura de Sinaloa después autorizan su desafuero, dijeron los doctores en derecho constitucional Alberto Guerrero Rojas y Óscar Camacho Jaimes.
Los abogados citaron el segundo párrafo del artículo 136 de la Constitución de Sinaloa el cual ordena que para desaforar a un diputado local que haya cometido un delito federal forzosamente se requiere doble procedimiento de desafuero.
Los juristas destacaron que si el Congreso federal permite desaforar a Sánchez, pero el Congreso de Sinaloa se opone, la Procuraduría General de la República quedaría impedida de actuar contra ella.
En diversas entrevistas, la diputada local Lucero Guadalupe Sánchez López afirmó que ella no es quien usó una credencial apócrifa para visitar en prisión a Guzmán y aseguró que lo demostrará ante las autoridades competentes.
Según la legisladora sinaloense no tuvo padrinos
para conseguir la candidatura que la llevó hasta el Congreso de su estado y negó haber sido invitada a la política por algún miembro del PAN.
Guerrero y Camacho citaron el segundo párrafo del artículo 136 de la Constitución de Sinaloa que establece que tratándose de delitos federales imputados al gobernador, a los diputados o magistrados, previa declaratoria del Congreso de la Unión, la Legislatura local resolverá si ha lugar a proceder en contra de los servidores públicos mencionados, para el solo efecto de dejar expedita la actuación de las autoridades competentes
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