Miércoles 19 de junio de 2019, p. 29
En un hecho sin precedentes, el juez noveno de distrito en materia administrativa admitió la demanda de amparo del comité ciudadano Hipódromo II contra las modificaciones al Reglamento de Tránsito y los lineamientos para regular la operación de monopatines eléctricos y bicicletas de renta sin anclaje, que permiten su uso en banquetas, parques y jardines, informó Quetzal Castro.
La coordinadora del comité señaló que el primero de julio se celebrará la audiencia constitucional y se emplazó a las autoridades responsables señaladas en el amparo 677/2019, a rendir un informe justificado dentro de un plazo de 15 días.
Confió en que el juez fallará en favor de los vecinos e impedirá que las empresas que promueven esos vehículos continúen viendo la movilidad como un gran negocio y convirtiendo a las colonias en parques de diversiones, como ha sucedido con la Hipódromo
.
La solicitud al titular de la Secretaría de Movilidad, Andrés Lajous, para que prohibiera y sancionara a las empresas y usuarios de esos sistemas por estacionarlos o circular sobre las banquetas, pasos peatonales, parques, camellones o rampas para personas con discapacidad terminó en una demanda colectiva, indicó.
Rafael Guarneros, presidente del comité fundacional de la Asociación de Residentes de la Colonia Hipódromo, explicó que ante la negativa del funcionario a resolver los problemas generados en su colonia, que se impuso como zona de operación, se solicitó el apoyo de la justicia federal.
En el acuerdo del 5 de junio, el juez noveno admitió la demanda contra las reformas de los artículos 4, 5 y 11 del reglamento, que permitían a esos vehículos utilizar dichos espacios, aunque después las autoridades emitieron una fe de erratas para dejarla sin validez.
Mencionó que con dicha acción se incurrió en una ilegalidad, cuando buscamos la certeza de que esos sistemas no circulen en banquetas o espacios peatonales, por los riesgos que implican.