Lunes 16 de diciembre de 2019, p. 7
Aun cuando existe información que debe ser reservada por seguridad nacional, hay rubros que el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) puede dar a conocer, por lo que debe entregar a un particular la versión pública de los contratos que celebró con las empresas Indra Sistemas México SA de CV y Proyectos y Diseños VME SA de CV.
Así lo instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) en su reciente sesión pública.
Correspondió al comisionado Óscar Guerra Ford presentar el asunto ante el pleno y subrayó que la solicitud al CNI –antes Centro Nacional de Seguridad– plantea un ejemplo claro de documentos que contienen información que debe ser reservada; sin embargo, incluso en estos casos existen rubros que pueden conocerse y auditarse, sobre todo los referentes al ejercicio de recursos públicos.
El comisionado indicó que se debe avanzar para que la administración pública permita el acceso a datos esenciales para la rendición de cuentas, como el monto erogado, el bien contratado, el fundamento y el número de pedido o folio que dan certidumbre a estas operaciones.
Un particular solicitó toda la documentación relacionada con la adquisición de cualquier producto o servicio prestado, diseñado, producido o comercializado por 17 empresas que enlistó.
El CNI respondió que se identificaron diversas contrataciones con las empresas Indra Sistemas México y Proyectos y Diseños, no obstante, clasificó como reservada la documentación por seguridad nacional.
El particular interpuso un recurso de revisión ante el Inai, manifestando su inconformidad con la reserva total y señaló que era posible proporcionar los documentos requeridos en versión pública.
En alegatos, el CNI puso a disposición del particular los contratos celebrados con Indra Sistemas México en versión pública; pero sostuvo la reserva de los actos jurídicos formalizados con Proyectos y Diseño, señalando sólo el monto total erogado en los contratos.
La ponencia del caso realizó una diligencia para comparar los contratos originales y la versión pública que el CNI proporcionó al particular, con el propósito de determinar los datos que debían ser entregados y aquellos que debían conservar el carácter de reservados.
Tras el análisis se desprendió que las especificaciones técnicas de los equipos y servicios contratados deben mantenerse en resguardo por cuestiones de seguridad nacional; pero se estimó improcedente la reserva del número de pedido señalado en los contratos y el fundamento de la compra, ya que no se consideró información sensible.
Por ello, el pleno del Inai determinó modificar la respuesta del CNI y le instruyó notificar la disponibilidad de versión pública de tres contratos celebrados con Indra Sistemas México y dos con Proyectos y Diseños, donde únicamente podrán proteger las especificaciones técnicas de la adquisición o servicio contratado, así como el nombre, firma, rúbrica y adscripción de los servicios públicos del sujeto obligado y de los proveedores de la empresa.