Martes 31 de diciembre de 2019, p. 13
Aunque no se trata de nuevos impuestos, 2020 traerá cambios fiscales importantes que pegarán directo a los bolsillos de las familias. Por ejemplo, el incremento al impuesto especial sobre producción y servicios (IEPS) a bebidas saborizadas, mayor tasa al rendimiento de inversiones y gravámenes a servicios digitales como Netflix y Uber.
Otras adecuaciones que involucran en mayor medida a las empresas son que las compañías que comercializan productos por catálogo deberán cubrir el impuesto sobre la renta (ISR) de sus vendedores y que los servicios de subcontratación laboral estarán obligadas a efectuar la retención del impuesto al valor agregado (IVA). Además, el límite a las firmas en deducción de intereses derivados de deudas.
Para Rodrigo Ramírez, presidente de la comisión fiscal tres del Colegio de Contadores Públicos de México, fijar impuestos a la economía digital servirá para lograr un importante ingreso; sin embargo, quienes se verán más afectados serán los consumidores de plataformas como Uber o Netflix, pues pagarán más.
Aunque su entrada en vigor será en junio de 2020, plataformas como Didi, Uber, Netflix, Amazon y Rappi tendrán que pagar IVA por todas sus transacciones; asimismo, las que generen ganancias a los trabajadores (DiDi, Uber, etcétera) deberán retener el ISR.
Ramírez explicó que hasta ahora no se sabe si las plataformas absorberán los costos adicionales; no obstante, lo más probable es que recaigan en el usuario final.
Otro cambio que pegará directo a los consumidores será el alza al IEPS de bebidas saborizadas, a una cuota aplicable de 1.27 pesos por litro desde una actual de 1.17, aunque según el gobierno se trata sólo de un ajuste inflacionario y el objetivo es desincentivar su consumo.
En cuanto al ahorro, se elevará de 1.04 a 1.45 por ciento la tasa de retención de ISR a los rendimientos generados por las inversiones.
En lo que toca a empresas, firmas de ventas por catálogo, como Avon, Füller, Price Shoes y Andrea, deberán retener el ISR a sus vendedores.
Otras medidas son: la gente o empresas que arrenden inmuebles deberán emitir facturas; personas morales, firmas y personas físicas con actividad empresarial que reciban servicios de subcontratación laboral estarán obligadas a retener el IVA y habrá requisitos más estrictos para la obtención de la firma electrónica, al tiempo que se ampliarán las causales de cancelación de certificados de sellos digitales.