Viernes 3 de julio de 2020, p. 19
Organizaciones de la comunidad lesbiana, gay, bisexual, trans e intersexual (LGBTI) pidieron a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que resuelva el debate sobre su acceso a los baños públicos, y que defina si el Estado mexicano tiene la obligación de reglamentar la instalación de servicios sanitarios neutros en esos espacios.
Para ello promovieron diversos amparos donde se pide analizar si la existencia de baños sólo para hombres y mujeres constituye un acto de discriminación.
El debate se originó luego de que diversas organizaciones LGBTI denunciaron que sus integrantes son víctimas de discriminación al intentar acceder a los servicios sanitarios que corresponden al género con el cual se sienten identificados.
En enero pasado La Jornada informó de la admisión en la SCJN del primero de estos casos, donde la activista Jessica Marjane Durán fue desalojada de los baños del centro comercial de Reforma 222, en la Ciudad de México.
En este caso, la empresa respondió sólo por los daños físicos causados por sus agentes de seguridad privada.
Las organizaciones de la diversidad sexual han seguido la misma ruta jurídica de promover juicios ordinarios civiles, reclamando indemnización por daño moral, tema en el que recibieron fallos en contra, ante lo cual promovieron los amparos que lograron llevar ante la SCJN.
Hasta ahora, la Suprema Corte suma ya tres amparos admitidos para su revisión, cuyo estudio fue asignado por turno a la ministra Margarita Ríos Farjat, y en ellos se demanda que la justicia federal determine “si la asignación de un género (femenino o masculino) a los baños dentro de establecimientos abiertos al público en general (como baño de mujeres
o baño de hombres
) es –o no– una distinción que se justifique en términos del derecho humano a la igualdad”.
Más allá de la indemnización solicitada, los amparos buscan que los fallos finales obliguen a que se adopte una política pública sobre el tema: “que el asunto defina si el Estado mexicano tiene la obligación de implementar, per se o vía reglamentación, la construcción y/o modificación de los baños dentro de establecimientos abierto al público en general para que sean neutros”.
Se añade que la determinación que tome la Corte contribuirá también a “disolver lo que, cultural e idiosincráticamente, se ha entendido como masculino
o femenino
.
Los amparos admitidos aún están en su etapa de estudio, y tardará por lo menos un par de meses para que el tema se ponga a votación en la primera sala de la SCJN.