Sábado 28 de noviembre de 2020, p. 7
Avanza en el Senado una reforma a la Ley del Banco de México (BdeM) que le otorga a ese órgano autónomo facultades para adquirir los dólares que no puedan ser repatriados, a fin de que pasen a formar parte de la reserva internacional del país.
Es una reforma que dará mayor trabajo al BdeM
, pero es necesaria, ya que el problema es que no todos los dólares que entran al país pueden repatriarse, lo que repercute en los migrantes que envían remesas desde Estados Unidos, en pequeños establecimientos y en algunos lugares de canje de dólares al menudeo, recalcó el coordinador de Morena, Ricardo Monreal, autor de la iniciativa.
La reforma, detalló, permitirá fortalecer la economía de las familias mexicanas que reciben remesas en efectivo y la de quienes dependen de la actividad turística y del comercio de bienes y servicios en la frontera, ya que genera un entorno más adecuado para la administración de la divisa en efectivo.
En el dictamen, aprobado ayer por las comisiones de Hacienda y de Estudios Legislativos Segunda, se señala que en 2019 México recibió cerca de 94 mil millones de dólares; 24 mil 500 por turismo y 36 mil 438 millones por remesas, lo demás por inversión extranjera y no todo se pudo repatriar, en parte por las restricciones del Departamento del Tesoro de Estados Unidos sobre el número y monto de operaciones con dólares americanos con bancos mexicanos.
Ello provocó que algunas instituciones bancarias estadunidenses cerraran sus operaciones con bancos mexicanos.
El dictamen aprobado propone reformar el artículo 20 de la ley que rige al BdeM para establecer que los montos de la divisa estadunidense que no puedan repatriarse a su país de origen serán comprados por el BdeM para que pasen a formar parte de la reserva internacional
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Asimismo, en el artículo 34 de esa misma ley se precisa que los dólares serán vendidos directamente al BdeM y éste a su vez podrá contratar los servicios de bancos mexicanos o de corresponsales extranjeros para poder repatriar la divisa
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En un artículo transitorio mandata al BdeM, la Secretaría de Hacienda y la de Relaciones Exteriores para que suscriban instrumentos internacionales con la Reserva Federal y con las autoridades financieras de ese país para lograr el objetivo de repatriar las divisas de manera ordenada, económica, ágil y segura
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