Miércoles 29 de septiembre de 2021, p. 33
La Suprema Corte de Justicia de la Nación recibió una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) contra la reforma al Código Penal del estado de México, que penaliza hasta con seis años de prisión a quien difunda imágenes de personas fallecidas, relacionadas con una investigación judicial. La CNDH consideró que esta norma podría utilizarse para limitar la libre expresión en medios de comunicación. El artículo 227 bis, adicionado el 16 de agosto pasado al Código Penal mexiquense, castiga a quien por cualquier medio y fuera de los supuestos autorizados por la ley, audiograbe, comercialice, comparta, difunda, distribuya, entregue, exponga, envíe, filme, fotografíe, intercambie, oferte, publique, remita, reproduzca, revele, transmita, o videograbe imágenes, videos o documentos de cadáveres o parte de ellos que se encuentren relacionados con una investigación penal
. Añade que si las imágenes difundidas son de mujeres, niñas o adolescentes, la pena se incrementará hasta en 50 por ciento, y también se considerará un agravante si el sujeto responsable es un servidor público o miembro de una corporación de seguridad pública.