Sábado 20 de mayo de 2023, p. 5
Luego de que el presidente Andrés Manuel López Obrador emitió un decreto en el que se considera que las obras de infraestructura de su gobierno son de seguridad nacional y de interés público
, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) presentó un nuevo recurso de queja ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
El instituto argumentó que la publicación del mencionado decreto viola la suspensión otorgada (el jueves) por el máximo tribunal en la controversia constitucional 217/2021, que se interpuso en diciembre de 2021, para impugnar el acuerdo del 22 de noviembre de ese mismo año, por el cual el Presidente de la República declaraba de seguridad nacional los proyectos y obras de infraestructura del gobierno federal
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El jueves por la tarde, tras la resolución de la Corte que invalidó el primer acuerdo, el jefe del Ejecutivo emitió esa nueva disposición referente al Tren Maya, el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec y los aeropuertos de Palenque, Chiapas, y de Chetumal y de Tulum, Quintana Roo.
En respuesta a la medida presidencial, el INAI informó ayer en un comunicado que decidió interponer una nueva queja ante la Corte.
Explicó que tras un análisis detallado del contenido del decreto publicado el jueves, éste se encuentra en los mismos términos del primer acuerdo de noviembre de 2021, lo cual podría representar una restricción al acceso a la información relacionada con esas obras
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El INAI aclaró que al admitir la controversia constitucional, la SCJN determinó procedente la suspensión de todos los efectos y las consecuencias del acuerdo, ya que su ejecución implicaría una restricción al derecho a saber, pues la información derivada de esos proyectos y obras podría ser considerada también reservada por seguridad nacional e interés público.
Es importante precisar que la suspensión se encuentra vigente, debido a que la controversia constitucional no ha sido resuelta en su totalidad. Si bien en la sesión de ayer, el pleno de la Corte determinó la invalidez del acuerdo del 22 de noviembre de 2021, lo cierto es que no se dictaron los efectos de la sentencia, con lo cual no se puede considerar como un asunto totalmente concluido. Por tanto, debe quedar claro que los efectos de la suspensión no han cesado.
Además del recurso de queja, el INAI pidió a la SCJN que los efectos de la sentencia de la controversia constitucional del primer decreto, que se prevé sean dictados en la sesión del próximo lunes, se hagan extensivos al documento publicado ayer, debido a la similitud existente y toda vez que en ambos se catalogan como de seguridad nacional e interés públicos las obras de infraestructura de la administración federal, lo cual afecta el derecho a saber de la sociedad
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