Fueron ignorados para expulsar migrantes todo el tiempo: Gobernación
Lunes 5 de junio de 2023, p. 13
Con la aplicación del Título 42 durante la pandemia de covid-19, y que se prolongó hasta el pasado 11 de mayo, el gobierno de Estados Unidos violó acuerdos binacionales firmados con México para la devolución de migrantes, por lo que su retorno no se realizó de manera ordenada, segura y digna.
Bajo el argumento de que fue una medida de salud pública de emergencia, las autoridades migratorias estadunidenses no requerían dar avisos, por lo que no estaban obligadas de notificar al gobierno de México cuando hacía alguna expulsión
, revela el análisis Título 42, cambios y afectaciones a raíz de su implementación, publicado por la Unidad de Política Migratoria, Registro e Identidad de Personas de la Secretaría de Gobernación.
La dependencia señala que incluso dentro de los comunicados internos de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP, por sus siglas en inglés) se instruyó el levantamiento de las restricciones de los acuerdos de repatriación con el gobierno de México para permitir la expulsión de personas en cualquier horario. Esto claramente vulnera los acuerdos binacionales, los cuales han sido resultado de largos procesos de negociación
, indica el reporte.
También detalla que uno de los documentos vulnerados fue el Memorándum de Entendimiento, signado en 2004 entre la Secretaría de Relaciones Exteriores y el Departamento de Seguridad Interior de Estados Unidos sobre la repatriación segura, ordenada, digna y humana de nacionales mexicanos.
Incluso, advierte que se violentó el acuerdo denominado Arreglos locales de repatriación, así como el derecho humano al asilo, pues en la misma legislación estadunidense se incluye que cualquier persona que huye de su país por conflicto o persecución puede pedir asilo una vez que esté en suelo estadunidense
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Sin embargo, “con el Título 42, la organización Pro Publica denunció que la Patrulla Fronteriza difundió un memorándum a sus agentes en el que se instruía que los migrantes fueran devueltos ‘inmediatamente’, sin oportunidad de pedir asilo, violando con ello el principio de no devolución y las leyes en pro de las personas solicitantes de pedir asilo”, concluye el documento de la Unidad de Política Migratoria.
Agrega que dentro de los acuerdos bilaterales se han creado protocolos de acción para hacer de la devolución un mecanismo ordenado y seguro para los migrantes mexicanos, además de que se han dictado ciertas medidas básicas de protección a los connacionales, entre ellas el establecimiento de 12 puntos de repatriación, 11 terrestres y uno aéreo.
No obstante, entre el 20 de marzo de 2020 y hasta el pasado 11 de mayo, bajo el Título 42 las personas migrantes fueron devueltas a México por puntos no autorizados, lo cual impidió el correcto funcionamiento de la política del gobierno mexicano para atender a la población repatriada
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