Diputados proponen también penalizar discriminación hacia caracteres hereditarios
Protección a la salud y respeto a la dignidad del sujeto, plantea dictamen sobre genoma humano
Difícil que se apruebe la iniciativa; primero debe reformarse la Ley de Institutos de Salud: Ssa
CLAUDIA HERRERA BELTRAN
Nadie podrá ser objeto de discriminación con motivo de su caracteres genéticos y la información referente a estos datos deberá ser manejada con confidencialidad. Estos son los principales aspectos del dictamen para reformar la Ley General de Salud que aprobaron las comisiones de Salud y de Ciencia y Tecnología de la Cámara de Diputados.
El secretario de la comisión de Ciencia y Tecnología de ese órgano legislativo, el perredista Francisco Patiño, explicó que esta eventual reforma representa un "gran avance", porque comienza a llenarse el hueco que existe en la legislación mexicana respecto al tema del genoma humano.
El dictamen está listo para ser presentado ante el pleno de la Cámara de Diputados el próximo periodo ordinario de sesiones que inicia en septiembre. El legislador se manifestó confiado en su aprobación porque todos los partidos políticos llegaron a un consenso sobre este asunto.
Señaló que solamente su propuesta de crear el centro de medicina genómica y molecular no fue aceptada, en especial por los panistas, que se oponen a que pudiera estudiarse el tema de la clonación.
Sin embargo, información de la Secretaría de Salud (Ssa), indica que esta reforma no podía llevarse a cabo tal como se planteó en la Cámara de Diputados, porque antes se requiere modificar la Ley de Institutos de Salud. La Ssa, junto con la UNAM, el Conacyt y la Fundación Mexicana para la Salud ya preparan una iniciativa para la creación del instituto mexicano de medicina genómica, que se convertiría en el número 11 del sistema de salud.
De acuerdo con el dictamen, la investigación, el conocimiento y las aplicaciones del genoma humano deberán estar orientadas a la protección de la salud, pre- valeciendo el respeto a los derechos humanos, la libertad y la dignidad del individuo.
Quien infrinja este precepto será sancionado con una pena de siete años en el desempeño de empleo, profesión o cargo público, o se le cancelará su cédula profesional o la expedición de la misma.
En la iniciativa de reforma al artículo tercero de la Ley General de Salud se define al genoma humano como "el material genético que caracteriza a la especie humana, que contiene toda la información genética del individuo y se le considera como la base de la unidad biológica fundamental del ser humano y su diversidad".
Refiere que el conocimiento del genoma humano es patrimonio de la humanidad. Además se deberá respetar el derecho de toda persona a decidir que se le informe de los resultados de un examen genético y sus consecuencias. Asimismo, todo estudio en este campo deberá contar con la aceptación expresa de la persona sujeta a su estudio.
El artículo 103 explica que nadie podrá ser objeto de discriminación ni conculcación de sus derechos, libertades o dignidad con motivo de sus caracteres genéticos, y en caso de que esto ocurra se aplicarán sanciones que no son especificadas.
Además deberá salvaguardarse la confidencialidad de datos genéticos obtenidos o conservados con propósitos de diagnóstico, investigación, terapéuticos o cualquier otro. También habrá sanciones para aquellos que violen este artículo.