Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Domingo 14 de julio de 2002
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Sociedad y Justicia

Sinaloa

16 años de prisión a un padre violador

ANGELES CRUZ

Penalmente responsable del delito de violación en contra de su hija de 12 años de edad, Rosendo Sánchez fue sentenciado a 16 años de prisión. Los hechos ocurrieron en Los Mochis, Sinaloa, el año pasado y de acuerdo con el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), el caso sienta un precedente significativo en aquella entidad.

Por eso se tipificó al agresor el delito de violación equiparada, la que se realiza con persona menor de 12 años o con alguien que, aunque sea madura de edad, se halle sin sentido, no tenga capacidad para comprender o la posibilidad de resistir la conducta delictuosa. El código penal establece una pena de prisión de 10 a 30 años por esta agresión.

El caso se conoció públicamente cuando la madre de la menor denunció las trabas que enfrentaba para lograr que su hija interrumpiera su embarazo, a lo que legalmente tenía derecho. Finalmente el aborto se concretó el 23 de julio del 2001 en el Hospital General de Culiacán.

Para entonces, la señora Lucía Montellano ya había iniciado la demanda judicial en contra de su esposo. El 23 de mayo del año pasado, funcionarios del DIF de Sinaloa informaron a Montellano que su hija estaba embarazada y que el presunto responsable era su esposo.

Al día siguiente dio inicio la averiguación previa y tres días después un juez ordenó la aprehensión del acusado. Rosendo Sánchez fue detenido en la central de autobuses de Los Mochis, donde ya se disponía a escapar. Desde entonces está recluido en el Centro de Readaptación Social (Cereso) de ese municipio.

De nada le valieron a Sánchez sus intenciones de defenderse con el argumento de que su hija lo había seducido, y que él nunca la obligó a tener relaciones sexuales. La intención del agresor era que se le enjuiciara por incesto, delito que tiene una pena menor.

Paralelamente, la señora Montellano inició una larga búsqueda de apoyo institucional para que su hija, que entonces tenía apenas 12 años de edad, pudiera acceder a un aborto legal. El código penal prevé la no penalización de la interrupción del embarazo si está en peligro la vida de la madre y cuando sea producto de violación.

La niña padecía entonces anemia, alto grado de desnutrición y baja presión arterial, lo que aunado a su corta edad ponía en serio peligro su vida en caso de continuar el embarazo. A pesar de la evidencia clínica, la señora Montellano se enfrentó con funcionarios que evadían su responsabilidad. Visitó al juez que llevaba el caso, al fiscal del estado, a la subprocuradora regional de justicia, a los médicos y a funcionarios de asistencia social.

Ninguno de ellos quería asumir la responsabilidad del caso. Si bien no se negaban a autorizar o realizar el legrado, "se defendían diciendo que a ellos no les correspondía aprobarlo", reseñó GIRE, organismo que ha dado el apoyo jurídico y emocional a la familia.

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