Lo establece claramente el capítulo V
de los estatutos vigentes del STPRM
Si se libran órdenes de aprehensión contra
líderes petroleros, deberían dejar sus cargos sindicales
Nadie que esté acusado de robo o malversación
de fondos puede representar al gremio
GUSTAVO CASTILLO GARCIA
En caso de que se libren órdenes de aprehensión
en contra de líderes del gremio petrolero por su presunta responsabilidad
en los desvíos de Petróleos Mexicanos al PRI -que hoy se
conocen como Pemexgate-, por estatutos estarán impedidos
para continuar en sus cargos sindicales.
Hasta el momento, según fuentes oficiales, las
averiguaciones previas de la Procuraduría General de la República
(PGR) prevén solicitar órdenes de captura en contra de Carlos
Romero Deschamps, secretario general del Sindicato de Trabajadores Petroleros
de la República Mexicana (STPRM); Ricardo Aldana Prieto, tesorero;
Leocadio Mendoza, secretario del Interior; Fernando Pacheco, líder
de la sección 24; Pablo Pavón Viñales, alcalde de
Minatitlán y secretario general de la sección 10; Ramón
Hernández Toledo, secretario de la sección 11, y Manuel Limón
Hernández, integrante del Consejo General de Vigilancia, además
de Jesús Olvera, diputado local en Tamaulipas.
Normas internas
Las
peticiones de captura serían por la comisión de los delitos
de peculado, ejercicio indebido del servicio público y peculado
electoral, sin descartar lavado de dinero y delincuencia organizada,
en caso de que esos ilícitos sean configurados en las averiguaciones
previas que se mantienen abiertas como parte de los desgloses que la Procuraduría
inició luego de haber consignado los expedientes en los que acusó
a ex dirigentes priístas y ex directivos de Pemex por los mismos
ilícitos.
Los estatutos del STPRM establecen en el capítulo
V, titulado Requisitos e impedimentos para ser funcionario sindical, en
el artículo 290, fracción VI, que ''el socio que llene los
requisitos que se señalan en el artículo anterior (289, relativo
a lo que se requiere para ser dirigente), pero que quede comprendido en
alguno de los siguientes, estará impedido para desempeñar
cualquier puesto de funcionario sindical: Haber cometido algún delito
grave o infamante como robo, malversación de fondos, fraude, etcétera,
y como consecuencia del proceso civil o penal se le hubiere condenado a
reparar el daño o se librara orden de aprehensión en su contra''.
Además, en el capítulo VIII, Bases para
la aplicación de disciplinas generales, medidas con las cuales un
órgano interno del sindicato petrolero juzga la conducta de sus
integrantes, se señala en el artículo 453, fracción
2, que la destitución del cargo se aplicará en caso de ''haber
sido procesado legalmente por faltas o delitos de carácter civil
o penal y como consecuencia de ello se hubiere condenado a reparar el daño
o se librara orden de aprehensión en su contra''.
Carlos Romero Deschamps, Ricardo Aldana Prieto y Jesús
Olvera son los dirigentes que a decir de las fuentes consultadas han detenido
la consignación de acusaciones penales en contra de miembros del
STPRM. Las autoridades, supuestamente, están a la espera de que
el Congreso de la Unión acepte retirarles el fuero y con ello se
conviertan en sujetos de acción penal, para así consignar
sus expedientes ante un juez y fincarles cargos, como ya ha ocurrido con
el ex director de Pemex, Rogelio Montemayor Seguy, y tres de sus ex colaboradores,
Julio Pindter, Juan José Domene y Carlos Juaristi y en el caso de
ex dirigentes priístas como Carlos Almada, Jorge Cárdenas,
Alonso Bretón y Joel Hortiales.
Amparos, por si acaso
En tanto, la defensa de los petroleros ha promovido juicios
de amparo buscando conocer el contenido de las indagatorias en su contra,
o bien saber si existen ya órdenes de aprehensión pendientes
de cumplimentarse.
Los abogados de Romero Deschamps y Aldana Prieto han solicitado
en dos ocasiones la protección de la justicia federal contra cualquier
acto de autoridad de la Procuraduría General de la República
o de jueces; el más reciente intento en ese sentido ocurrió
a mediados de la semana pasada, cuando se rumoró que la Fiscalía
Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade) ya
había consignado una averiguación previa en la que se mencionaba
a los dirigentes sin fuero como presuntos responsables de actos ilícitos.