México D.F. Jueves 3 de julio de 2003
PGJDF: sin tener competencia dictó orden para que suspendiera pagos a acreedores
Acusan a juez de prevaricar en beneficio de la naviera TMM
Adeuda 185 millones de dólares Pagó a abogados un millón 250 mil dólares por elaborar demanda
ANGEL BOLAÑOS SANCHEZ
La Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) solicitó al juez penal de turno ejercitar acción judicial en contra del juez 14 civil del Tribunal Superior de Justicia, Hugo Muñiz Arreola, al acreditar que el funcionario actuó dolosamente al admitir, sin tener competencia, una demanda de suspensión de pagos promovida por la empresa Transportación Marítima Mexicana en contra de sus acreedores Citibank, The Bank of New York y Maple Trade Finance, entre otros.
Al emitir el auto admisorio el funcionario benefició a TMM ordenando la suspensión del pago de créditos por aproximadamente 185 millones de dólares, más intereses, cuyos plazos vencieron el pasado 15 de mayo y, al no lograr restructurarlos, recurrió a los tribunales.
Con esto el juez incurrió presuntamente en el delito de prevaricación, que en el nuevo Código Penal para el Distrito Federal tiene una pena de uno a cinco años de cárcel.
La agencia del Ministerio Público de la Fiscalía Central para la Seguridad de las Personas e Instituciones sostiene que el juez Muñiz Arreola tenía interés directo en beneficiar la labor de Jesús Angel Origel Camacho, Juan Carlos de la Llata Lecanda, Jesús Alfredo Moreno Mendoza y Alvaro Chavira Cabrera, del despacho Balaguer Morera & Asociados, apoderados legales de TMM que promovieron el juicio, vulnerando con esto "la prestación adecuada y correcta del servicio público de administración de justicia".
Las irregularidades en el caso comenzaron con la misma admisión de la demanda, pues al tratarse de un juicio de suspensión de pagos, la autoridad jurisdiccional del Distrito Federal no tenía competencia para conocer de él, sino que correspondía a una autoridad federal.
Para la PGJDF, el juez Muñiz tuvo siempre interés directo en conocer del caso de TMM contra sus acreedores.
Para lograr esto, al presentarse el escrito de demanda en la oficialía de partes común civil-familiar del TSJDF, el expediente originalmente contenía en la carátula como partes en litigio a "Salgado Pedroza Rubén en contra de Carrillo López Ruiz", relacionado con un juicio ejecutivo mercantil; sin embargo, una vez que el asunto llegó al juzgado 14 civil, el 12 de mayo pasado, el mecanógrafo del juez, Daniel Abacuk Chávez, lo registró en la libreta de "nuevos", con el número 335/2003, pero como "Grupo TMM SA, TMM División Puertos SA de CV y TMM Multimodal SA de CV en contra de Citibank NA, The Bank of New York y Maple Trade Finance Inc. y otro. Juicio Ordinario Mercantil".
Antes, el 8 de abril, el juzgado recibió por turno el escrito de demanda con las partes "Salgado Pedroza Rubén en contra de Carrillo López Ruiz" bajo el número 265/2003. Al volver a presentarse un segundo escrito de demanda con las mismas partes, el programa de cómputo de la oficialía de partes automáticamente lo remite al mismo juzgado.
Destaca también la prontitud con la que el juez resolvió el auto admisorio, pues el mismo Abacuk Chávez, en calidad de testigo ante la autoridad ministerial, dijo que al constar el escrito de demanda de 70 fojas útiles, acompañado con 35 anexos, más los otros cinco expedientes de demandas nuevas recibidas ese día alrededor de las 10 de la mañana, no era posible el dictado de dicho acuerdo en cuatro fojas en un tiempo de entre una hora y una hora y media, para tenerlo listo antes de la una y media de la tarde para que saliera publicado en el Boletín Judicial.
Otro documento que estudió el MP fue el "proyecto" elaborado por el director del despacho Balaguer Morera & Asociados, Jesús Moreno Mendoza, que entregó al director general de TMM, Javier Segovia Serrano, en el que menciona que conforme se obtuviera cada una de las pretensiones reclamadas, la empresa debería pagar por concepto de honorarios diversas cantidades de dinero.
TMM sólo realizó dos pagos, uno por 250 mil dólares por concepto de la contratación de los servicios del despacho, y otro por un millón de dólares, por la elaboración de la demanda y la obtención del auto admisorio.
Adicionalmente se realizaron otros pagos de adelanto de honorarios profesionales, como 764 mil 781 pesos para un viaje que realizó el abogado Juan Carlos de la Llata a la ciudad de Nueva York para hacer del conocimiento a Citbank y The Bank of New York, "en forma extrajudicial", de la orden de suspensión de los pagos por un periodo de un año, decretada por el juez.
Esto permite suponer que los abogados del despacho tenían urgencia para que las actuaciones del juez se dictaran lo más pronto posible. "Extrañamente a esto, el licenciado Hugo Muñiz Arreola accedió sin mayor reticencia", refiere la autoridad ministerial.
Así, la PGJDF resolvió que el juez, contra quien pidió el ejercicio de la acción penal, "tenía un interés directo encaminado a beneficiar la labor desarrollada por los apoderados que representaban a las actoras promoventes (TMM), ocasionando con ello situaciones ventajosas hacia los actores, pues con el solo hecho de denotar interés o preferencia hacia ellas, disminuyó toda posibilidad de defensa y tradujo su actuación en parcialidad".
|