México D.F. Viernes 25 de junio de 2004
Sobre la marcha del próximo domingo
Señora directora: Le solicito atentamente
publicar mi opinión sobre la marcha del próximo domingo 27
en contra de la delincuencia.
Las voces que hoy se levantan en contra de la delincuencia
bajo el lema "Rescatemos México", que promueven la marcha silenciosa
para el día 27 de este mes, y que en espots radiofónicos
manifiestan que van con todo contra 10 mil delincuentes, son principalmente
voces de la clase acomodada de nuestro país: políticos bien
posicionados, organizaciones vecinales de colonias ricas y organizaciones
lideradas por empresarios, todos ellos preocupados por los riesgos que
hoy corren sus familias y sus bienes materiales.
Por supuesto que las clases marginadas también
sufrimos las acciones de la delincuencia (yo he sido víctima de
robo a mano armada y del asesinato de un familiar a manos de vándalos
en los años 80); sin embargo en nuestra posición, la preocupación
primera es el ingreso económico para poder cubrir las necesidades
mínimas de cada día, preocupación y posición
que difícilmente nos permite siquiera pensar en organizarnos y tener
los medios para promover una movilización como la del día
27.
Si a muchos que tenemos un trabajo estable y que cada
día hacemos un esfuerzo extra por salir adelante, los bajos salarios
que percibimos difícilmente nos permiten tener a una calidad de
vida aceptable, habría que imaginar qué pasa con todos aquellos
que reciben no más del salario mínimo por su jornada de trabajo,
con todos aquellos que dependen del trabajo informal y con todos aquellos
que hoy se encuentran desempleados.
Y aunque en todas las esferas sociales, altas (delincuentes
de cuello blanco) y bajas, encontramos delincuencia, es aquí en
las zonas marginadas donde surgen la mayoría de los criminales de
todos tipos. Cuando los líderes que hoy promueven acciones como
la marcha del 27 y otras acciones hablan de 10 mil lacras de la sociedad,
pienso que bien saben que esas lacras no provienen de las Lomas de Chapultepec,
o de San Angel, o de las Lomas de Tecamachalco, o de La Herradura, sino
de zonas como Iztapalapa, Tacubaya, Nezahualcóyotl o Chimalhuacán.
En mi opinión, ni la marcha del 27, ni nuevas leyes para sancionar
al delincuente, ni el aumento de elementos en la policía y sus nuevas
estrategias de acción van a disminuir, y menos terminar, con la
delincuencia.
Sería bueno que los promotores de acciones en contra
de la delincuencia incluyeran (entre otras acciones) la promoción
de aumentos salariales a empleados y obreros en todas las empresas del
país; la supresión de maquinaria y equipo de sus fábricas
que sustituyen (entre otras acciones) la promoción de aumentos salariales
a empleados y obreros en todas las empresas del país; la supresión
de maquinaria y equipo de sus fábricas que sustituyen buena parte
de la fuerza de trabajo humana; una educación de calidad en las
escuelas públicas; la construcción de viviendas dignas (no
palomares) para el trabajador, y acceso real a las mismas, etcétera.
No creo que lo hagan, no creo que sacrifiquen parte de
sus ganancias (sus coches de lujo, sus viajes frecuentes dentro o fuera
del país, sus escuelas privadas, su buena alimentación y
su buena atención médica, su acceso a los máximos
avances tecnológicos, etcétera). Prefieren culpar al sistema
de seguridad pública y hacer a un lado su responsabilidad en la
creación de miseria e ignorancia, su responsabilidad en la descomposición
social de México.
Atentamente
Adolfo L. Morales Acevedo
Carta de la CNDH a Miguel Concha
Señora directora: Solicito la publicación
de la siguiente carta, dirigida a Miguel Concha Malo.
Respetable señor Concha:
En México es común que personas sin conocimiento
de causa opinen y, aún más, castiguen públicamente
la actuación de instituciones públicas y sus servidores;
muchas voces por descuido, otras porque con ello está de por medio
la obtención de algún beneficio personal, sin que se dé
importancia a las consecuencias, probablemente graves, que tales opiniones
pudieran acarrear.
Me inclino a pensar que en el reproche que publicó
en este medio el 19 de junio debemos incluirlo dentro del primer supuesto,
lo que, desde luego, no lo exime de responsabilidad.
El que usted ubique a la CNDH como una institución
obstaculizadora del ejercicio del derecho a la transparencia y cite que
en el máximo tribunal de nuestro país está pendiente
de resolver un amparo cuyo objeto es determinar si deben darse a conocer
los procedimientos de tramitación de quejas presentadas ante el
ombudsman
nacional hace indispensable aclarar algunas cuestiones relacionadas
con las circunstancias de facto que han dado lugar a dicho juicio
de garantías.
La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información
Pública Gubernamental dispone en su artículo 14, fracción
I, que como información reservada debe considerarse aquella que
por disposición expresa de ley sea considerara confidencial, reservada,
comercial reservada o gubernamental confidencial.
El artículo 4 de la ley de la CNDH dispone que
el personal de la comisión debe "manejar de manera confidencial
la información o documentación relativa a los asuntos de
su competencia".
En congruencia con los preceptos señalados y en
estricto apego al principio de legalidad que debe regir en todo estado
de derecho, el artículo 9 del Reglamento de Transparencia y Acceso
a la Información de la CNDH dispone que, de conformidad con lo establecido
en la fracción I del artículo 14 de la legislación
federal en la materia, debe considerarse como reservada la información
o documentación que obre en los expedientes de queja, orientación,
remisión, seguimiento de recomendación e impugnación
que se tramiten en la comisión.
Es con fundamento en los preceptos en cuestión
que se negó al señor Sarré la apertura de expedientes.
Pues bien, el artículo 4 de la ley de la CNDH no
es un capricho del legislador, sino un principio que obedece a la manifiesta
intención de éste en tutelar la dignidad personal de quienes
se hallen involucrados en los asuntos que se tramitan ante la comisión,
y a este respecto hago de su conocimiento que con el juicio de amparo a
que hace referencia en su artículo el quejoso pretende dejar insubsistente,
mediante la correspondiente declaración de inconstitucionalidad,
esta prerrogativa esencial tutelar de dicho valor constitucional.
La negativa por parte de la CNDH a "abrir sin más"
sus expedientes al escrutinio de quien le plazca obedece a un estricto
apego a la ley y a la Constitución -que, dicho sea de paso, el ombudsman
nacional
se comprometió a guardar y respetar-; pero sobre todo implica una
defensa efectiva de la dignidad de las personas, que constituye el fundamento
de todos los derechos humanos.
Atentamente
Mtro. Fernando Batista Jiménez, secretario técnico
de la presidencia de la CNDH
Respuesta del articulista
Señora directora: En su aclaración
de "algunas cuestiones relacionadas con las circunstancias de facto",
el
maestro Fernando Batista Jiménez, secretario técnico de la
presidencia de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, no niega
el contenido sustancial del párrafo del artículo que publiqué
el sábado de la semana pasada en La Jornada:
que está
pendiente de resolución en la Suprema Corte de Justicia de la Nación
una demanda de amparo contra leyes,
para que ese órgano constitucional
autónomo de protección a los derechos humanos informe, no
los nombres de los quejosos -lo que expresamente aclaré-, para no
poner en riesgo a las víctimas, sino sobre los procedimientos en
la tramitación de quejas que se le presentan.
La demanda de amparo se radicó primero en el juzgado
segundo de distrito en materia administrativa en el DF, con el número
de expediente 1303/2003. Mediante resolución de fecha 29 de septiembre
de 2003 ese juzgado determinó sobreseer el juicio de amparo. El
primer tribunal colegiado en materia administrativa del primer circuito
resolvió, el 17 de febrero de 2004, el recurso de revisión
con número 803/2003-10699, levantando el sobreseimiento y remitiendo
los autos a la Suprema Corte , la que el lunes 15 de marzo de 2004 decidió
ejercer su competencia originaria para definir el contenido del derecho
constitucional en cuestión, por lo que el amparo interpuesto será
resuelto por ese alto tribunal.
Mi interés en este asunto es exclusivamente el
promover de manera responsable y con conocimiento de causa desde la sociedad
civil la garantía de los derechos humanos de la ciudadanía
por parte de todos los órganos del Estado, en este caso el derecho
fundamental a la información, sin lesionar los intereses legítimos
y los derechos de terceros. Pienso que todas las instituciones públicas
deben cumplir en primer lugar con esa obligación.
Miguel Concha Malo
Invitación
Video documental
Este viernes 25 de junio en el Rincón Zapatista,
video documental de Héctor Daniel Useche Beron Contra la impunidad,
Sinaltrainal clama justicia, que narra el papel de la Coca-Cola en
la violación de los derechos humanos y laborales en Colombia, a
las 19 horas, Zapotecos 7, colonia Obrera, cerca del Metro Isabel la Católica
o Doctores. Tel. 5578-1301, o www.fzln. org.mx. Entrada libre.
Alvaro M. Gutiérrez Torres, EZLN-DF
El
Correo Ilustrado
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