Miércoles 24 de noviembre de 2010, p. 22
El Senado aprobó ayer reformas a la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) para eliminar términos que se consideran discriminatorios y que en la práctica son formas de trato diferenciado que vulneran y restringen los derechos fundamentales de las personas
. Las modificaciones consisten en sustituir la expresión defecto físico o síquico
por discapacidad por deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales
. De esta manera, si un pensionado por orfandad en el ISSSTE llega a los 18 años y no pudiera mantenerse por su propio trabajo debido a una enfermedad duradera o discapacidad por deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, el pago de la pensión se prorrogará por el tiempo que subsista su inhabilitación. En el caso del IMSS se señala que quedan amparados los hijos del asegurado cuando no puedan mantenerse por su propio trabajo debido a una enfermedad duradera o discapacidad por deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, hasta que desaparezca su padecimiento o hasta los 25 años.