Política
Ver día anteriorViernes 11 de febrero de 2011Ver día siguienteEdiciones anteriores
Servicio Sindicado RSS
Dixio

Familiares de la acusada estudian llevar el caso a tribunales internacionales

Niegan amparo a Florence Cassez
Foto
Florence Cassez e Israel Vallarta, el 9 de diciembre de 2005, cuando fueron presentados a la prensa por agentes de la Agencia Federal de InvestigaciónFoto Alfredo Domínguez
 
Periódico La Jornada
Viernes 11 de febrero de 2011, p. 12

La ciudadana francesa Florence Cassez, condenada a 60 años de cárcel, perdió este jueves el amparo que pidió hace cinco meses contra la sentencia que la condena por tres secuestros y portación y posesión de armas.

Después de una sesión privada de cuatro horas, tres magistrados resolvieron, por unanimidad, negar la protección de la justicia federal a Cassez, tras considerar que las pruebas aportadas por la Procuraduría General de la República (PGR) son suficientes para demostrar la plena responsabilidad penal de la mujer en los delitos que le fueron imputados

El amparo fue negado por los votos de los magistrados Carlos Hugo Luna Ramos, Ricardo Ojeda Bohórquez y Manuel Bárcena, integrantes del séptimo tribunal colegiado en materia penal de la ciudad de México.

Este recurso que perdió Cassez (amparo directo) era la última carta de defensa a la que tenía derecho la mujer para impugnar su condena, dictada en marzo de 2009 por un tribunal unitario de circuito.

Constitucionalidad

Sus abogados pueden, en teoría, interponer un recurso de revisión para llevar el caso a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), siempre y cuando detecten que hay cuestiones de estudio de constitucionalidad de alguna de las leyes aplicadas a Cassez, ya que sólo el máximo tribunal está facultado para esas cuestiones legales.

Agustín Acosta, uno de los abogados de la francesa, después de conocer que la sentencia judicial no favoreció a su defendida refirió que respeta, pero no comparte el sentido del fallo.

Es muy posible, añadió el abogado, que la familia de Florence lleve este litigio a los tribunales internacionales (mediante la intervención de la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos), ya que con esta negativa de amparo quedaron agotadas todas las instancias jurisdiccionales a las que tenía derecho Cassez en tribunales mexicanos.

La detención y posterior procesamiento de Cassez tensó las relaciones del gobierno mexicano con su contraparte de Francia, cuyo presidente, Nicolás Sarkozy, intercedió sin éxito para lograr el traslado de la mujer a una prisión de su país. Florence Cassez, originaria de Lille, Francia, deberá cumplir su condena de prisión en el penal de Tepepan, ubicado al sur del Distrito Federal. Hasta el momento ha cumplido cinco años de su condena, pues fue detenida el 8 de diciembre de 2005.

La demanda de amparo elaborada por Agustín Acosta contenía 18 conceptos de violación. El abogado trató de demostrar a los magistrados, entre otras cosas, que no existía certeza sobre el momento de la detención de Florence. También intentó, sin éxito, demostrar que era errónea la valoración de pruebas y testimonios que inculparon a su cliente.

Otros conceptos de violación alegaban que en el caso de Florence hubo violación a los principios de presunción de inocencia, debido proceso, igualdad procesal, así como al principio de defensa adecuada por falta de comparecencia de testigos y falta de junta de peritos; también argumentó violación a tratados internacionales sobre derechos humanos y asistencia consular.

Cuando finalizó la sesión del séptimo tribunal colegiado, el departamento de comunicación social del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) difundió un resumen de los puntos centrales en que se sustentaron los tres magistrados para negar el amparo a la ciudadana francesa.

Si tomamos en consideración que su detención se llevó a cabo cuando portaba un artefacto bélico y al trasladarse sus aprehensores a la casa donde radicaba encontraron maniatadas a las víctimas del ilícito de secuestro, lugar donde también poseía un arma reservada para las instituciones castrenses de nuestro país, es evidente que estamos ante la presencia de un caso de la flagrancia, lo que indudablemente justificó su detención, resolvieron los magistrados.

Los juzgadores también desestimaron el alegato de que no existía certeza de la hora y día en que Cassez fue detenida, puesto que en su declaración ministerial del 9 de diciembre de 2005 negó su participación en los hechos, circunstancia que revela que no fue presionada ni inducida para inculparse y declaró con entera libertad, asistida de su defensor y traductor, sin que haya referido nada relativo a que hubiera sido detenida desde el día anterior a su declaración.