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Otra vez, no más sangre

D

esde enero del presente año, los abajo firmantes hemos llamado a frenar la violencia generada por el accionar de la delincuencia y por la estrategia oficial supuestamente orientada a contenerla.

Hoy alertamos sobre el peligro de que el Poder Legislativo realice un periodo extraordinario de sesiones que, de llevarse a cabo, permitiría la aprobación de una ley de seguridad nacional autoritaria, policial y militarista, y de una reforma laboral que le quitaría derechos fundamentales a los trabajadores y agravaría la catástrofe social de la que se nutre la delincuencia.

Uno y otro proyectos, lejos de contribuir a la paz, alentarían la guerra y la violencia en el país. Traerían aún más sangre. Por ello, en caso de que se apruebe la realización del periodo extraordinario, convocaremos a la movilización ciudadana para impedir cualquier reforma legal que se pretenda imponer al vapor y de espaldas a la población.

Colectivo No Más Sangre.

Eduardo del Río (Rius), Jesusa Rodríguez, Liliana Felipe, Bruno Bichir, Édgar Cortez, Rocío Culebro, Antonio Helguera, Elisa Godínez Pérez, Nelly Muñohierro, Jesús Ramírez Cuevas, Gabriel Ramírez Cuevas, Antonio Helguera, José Hernández, María Villa, Pedro Miguel, Rafael Barajas (El Fisgón), Adrián F. Luján, René Sánchez Galindo, Pablo Amílcar Sandoval Ballesteros

Por definirse, un amparo para médico del caso Ernestina Ascencio

Juan Pablo Mendizábal Pérez es, como se recordará, el médico forense que practicó la primera necropsia legal al cuerpo de Ernestina Ascencio Rosario, la indígena nahua del caso Zongolica. Fue el que confirmó, con pruebas químicas irrefutables, que la anciana había muerto a causa de una violación sexual y por los golpes que, entre otros daños, le habían fracturado todas las costillas. Una muerte que, como se sabe, para las autoridades se debió a una gastritis mal atendida. De 2007 (año del suceso) a la fecha, el doctor Mendizábal sufre acoso y persecución de las autoridades.

Lo primero que hicieron fue despedirlo injustificadamente de su trabajo como médico legista del ayuntamiento de Orizaba, después de más de 20 años de ejercicio. Luego, el intento de inhabilitación profesional.

Contra todo eso, viene defendiéndose jurídicamente. En estos días está por resolverse un amparo (No. 684/2011) en el tribunal colegiado en materia penal y del trabajo, con sede en Boca del Río, Veracruz, para revertir el despido injustificado. El magistrado que estudia el caso es Roberto Alejo Rebolledo Viveros. De él dependerá si se le hace justicia a este médico. Los que conocemos a Juan Pablo estaremos atentos.

Atentamente

Javier Bustillos, dramaturgo

Refuta artículo sobre Sempra Energy

En la sección Opinión del 15 de julio de 2011, se publicó un artículo intitulado Sempra Energy, sin zona de amortiguamiento, en el cual se afirma que existe incumplimiento a las regulaciones en materia de impacto y riesgo ambiental, en la terminal de recibo, almacenamiento y regasificación de gas natural ubicada en el municipio de Ensenada, Baja California.

Dichas aseveraciones involucran a Sempra México S de RL de CV y Energía Costa Azul S de RL de CV (ECA), y con base en el artículo 27 de la ley sobre delitos de imprenta solicito que se publiquen estas rectificaciones:

1. La terminal sí cuenta con una zona de amortiguamiento y seguridad, que cumple con los requisitos específicos establecidos en las autorizaciones otorgadas por las autoridades para la operación del proyecto.

2. Las autorizaciones y permisos relativos a la zona de amortiguamiento se ajustan a las leyes, normas oficiales mexicanas y a los estándares internacionales.

3. La zona de amortiguamiento queda totalmente comprendida dentro de los límites actuales de los predios que ocupa la terminal. Su propiedad corresponde legalmente a ECA, la cual los adquirió de sus legítimos dueños.

4. Bajo ninguna circunstancia se accederá a la pretensión de terceros de mala fe, que ostentándose como dueños de predios cercanos a la terminal pretenden que se les compren terrenos que no son necesarios para ECA, y sobre los que no tienen derecho alguno.

5. El propósito encubierto del autor de la nota y las personas con quienes está asociado se limita a intentar extraer dinero irregularmente de las empresas, haciendo publicaciones con hechos falsos y datos imprecisos.

Sempra México S de RL de CV y Energía Costa Azul S de RL de CV. Fernando Cervantes Guajardo, apoderado legal

Respuesta de Jaime Martínez Veloz

Réplica al recurrente amanuense de Sempra Energy y sus entidades paleras: Sempra México S de RL de CV y Energía Costa Azul S de RL de CV, Lic. Fernando Cervantes Guajardo.

1. Si la empresa que usted representa confiesa por escrito el 2 de mayo de 2003, en una carta que Sempra Energy turna a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), que La zona de amortiguamiento es una condición de imposible cumplimiento jurídico, entonces, abogado, ¿podemos creer en su perorata hipócrita de que son una empresa que se ajusta a las leyes, normas oficiales mexicanas y a los estándares internacionales, cuando ustedes mismos reconocen en público y por escrito su negativa al cumplimiento jurídico de las normas mexicanas? Más respeto para el pasaje.

2. Si para ustedes fue más fácil y evidentemente más barato quitar del permiso original otorgado por la Semarnat, la condicionante quinta, que los obligaba a contar con una zona de amortiguamiento para hacer frente a alguna contingencia, colocando a su representada como la única en todo el mundo que no tiene zona de amortiguamiento, pues qué irresponsables son los corruptos funcionarios que se prestaron a tan criminal eventualidad, y su carencia de ética, abogado, lo exhibe ante la comunidad como un tipo sin escrúpulos, carente de moral ciudadana, y en un verdadero vendepatrias.

3. Finalmente, no tengo que explicarle el delito en que ha incurrido, al publicar que: El propósito encubierto del autor de la nota y las personas con quienes está asociado se limita a intentar extraer dinero irregularmente de las empresas, haciendo publicaciones con hechos falsos y datos imprecisos, ya que próximamente será notificado para comparecer ante el Ministerio Público, a ratificar su decir y a probar sus señalamientos, y ya lo sabe, que al no acreditar con pruebas válidas sus dislates, será indiciado y por ende juzgado por el mismo delito que usted me atribuye haber cometido.

Atentamente

Jaime Martínez Veloz

Invitación

Conferencia

Brújula Metropolitana invita a la conferencia Autonomía y poder social, con el doctor Armando Rendón Corona, especialista en temas laborales, sindicales y movimientos sociales. Hoy, a las 19 horas, en Álvaro Obregón 240, edificio Mercurio, colonia Roma, parada del Metrobús Álvaro Obregón, a unos pasos de Insurgentes, informes: [email protected]. Laura Nava.