Considera ilegal aparición en tv del candidato a alcalde durante el cierre de campaña priísta por la gubernatura
Sancionó además que el boxeador Márquez llevara logo del tricolor en la pelea con Pacquiao
Jueves 29 de diciembre de 2011, p. 2
La sala regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó revocar la resolución del Tribunal Estatal Electoral de Michoacán (TEEM) y anular las elecciones en Morelia, en las que triunfó la coalición PRI-PVEM.
La decisión del máximo órgano comicial se basó en la difusión en televisión restringida del cierre de campaña del PRI por la gubernatura, en la que apareció durante cinco minutos el aspirante priísta a la alcaldía, Wilfrido Lázaro Medina.
Asimismo, consideró la inclusión del logo del PRI en el calzoncillo del boxeador Juan Manuel Márquez durante su pelea con el filipino Manny Pacquiao por el campeonato mundial, una noche antes de la elección, la cual se vio en todo el país.
Factores determinantes en el resultado de comicios
Por mayoría de dos a uno, los magistrados consideraron que ambas transgresiones a la restricción que tienen los partidos políticos para contratar espacios publicitarios en medios electrónicos fueron determinantes en el resultado de la elección de presidente municipal, que se definió por 2 mil 317 votos.
Durante la madrugada de este miércoles, los magistrados determinaron aplicar la sanción más severa para una violación a las nuevas disposiciones constitucionales aprobadas en 2007-2008. A diferencia de lo ocurrido en los comicios presidenciales de 2006, en esta ocasión un factor a considerar por los magistrados fue el estrecho margen de victoria, por lo que consideraron que el haber adquirido espacios en televisión restringida para difundir el cierre de campaña y contratar publicidad en periodo de veda fue determinante.
A partir de una resolución del Instituto Federal Electoral que confirmó la adquisición ilegal de casi 45 minutos en televisión por cable para difundir el cierre de campaña, los magistrados consideraron que dicha trasgresión a la Constitución fue grave, por lo que anularon los comicios y se notificó al Congreso para que proceda con lo conducente, que es la convocatoria a elecciones extraordinarias en Morelia.
Sólo la magistrada Adriana Favela se pronunció contra la resolución, subrayando que el cierre de campaña difundido fue el del aspirante a gobernador, Fausto Vallejo, y en el cual el candidato a la alcaldía sólo aparece 4 minutos con 41 segundos, de los más de 45 que duró todo el evento.
Igualmente, deploró que se considerara factor decisivo la colocación de un emblema del PRI en el calzoncillo de Márquez, particularmente porque en el mismo proyecto se señala que no hay elementos para medir la penetración o la influencia que tuvo la transmisión de la justa deportiva. A su juicio, ninguno de los dos elementos justifican que se revoque la resolución del TEEM, porque de concretarse la lógica indicaría que el PRI hubiera arrasado
en la elección.
A su vez, los magistrados Santiago Nieto y Carlos Morales Paulín argumentaron en torno a la gravedad de ambas violaciones, toda vez que hay una restricción constitucional que proscribe absolutamente la compra de espacios en radio y televisión, lo cual fue violentado con la transmisión en la empresa CB Televisión.
Subrayaron que quedó plenamente acreditada la aparición del candidato priísta en un espacio prohibido por la ley. Apelaron a que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido que es deber de la autoridad garantizar el cumplimiento de la elección y garantizar la equidad de la contienda.
Asimismo, en el caso del acto deportivo, aseveraron que se hizo en el periodo de veda de las campañas, cuando los ciudadanos están en una etapa de reflexión del sufragio, lo cual dejó en total indefensión a los otros partidos políticos. Destacaron que la aparición del logo del PRI en la vestimenta de Márquez transgredió abiertamente la legislación electoral.