Miércoles 11 de julio de 2012, p. 36
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó ayer el artículo 74 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información de Campeche, que estipulaba que las resoluciones de la Comisión de Transparencia local podían ser impugnadas por los particulares ante la sala administrativa del Tribunal de Justicia de la entidad, mediante juicio de nulidad.