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El acusado pretendía que lo juzgara un tribunal militar

Sargento que asesinó a su ex pareja será procesado en el fuero ordinario
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Los ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, José Franco González Salas, José Ramón Cossío Díaz y Sergio Anguiano, durante la sesión del pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de este martes, en la que discutieron el caso del sargento segundo Víctor Daniel Jiménez PérezFoto Guillermo Sologuren
 
Periódico La Jornada
Miércoles 5 de septiembre de 2012, p. 20

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó el amparo a un sargento segundo, acusado de matar a su ex pareja sentimental que se encontraba en su domicilio con otro hombre. El implicado pretendía que el juicio por homicidio doloso, traición y robo a casa habitación se ventilara en el fuero militar y no en el fuero común. Con esta decisión, el máximo tribunal estableció que los delitos entre soldados que sean del orden común serán juzgados en el fuero ordinario.

La mayoría de siete ministros, rechazó el proyecto presentado por Sergio Aguirre Anguiano, que proponía amparar al militar, con el argumento de que el sujeto activo (presunto asesino) ostenta un cargo castrense y que los sujetos pasivos del delito (víctimas) también, por lo que, entonces, se trataría de un ilícito en contra de la disciplina militar.

El sargento segundo Víctor Daniel Jiménez Pérez, quien era cocinero del Hospital Militar con sede en La Paz, BC, está acusado del asesinato de Kenia Elizabeth Flores García, y de Carlos Armando Villa García el 16 de julio de 2010 en el domicilio de la hoy occisa, ubicado en el fraccionamiento Camino Real, en La Paz, Baja California.

Jiménez Pérez presentó un amparo contra la acción del juez civil, en el que alegaba que por tratarse de un asunto en el que las víctimas eran militares, corresponde al fuero de guerra conocer del asunto.

Arturo Zaldívar dijo por su lado que el aspecto toral del asunto es que el fuero militar se surte solamente en aquéllos delitos de la disciplina castrense en contra de la disciplina militar, independientemente de que siempre que haya una víctima civil de un delito cometido por un militar, se surte el fuero civil; pero también, cuando un delito cometido por un militar, aunque no haya una víctima civil, si el delito no es de la disciplina militar, se surte el fuero común.

Los ministros resolvieron rechazar el proyecto de Aguirre –apoyado por Guillermo I. Ortiz Mayagoitia– y negaron el amparo; sin embargo, será en la sesión de este jueves cuando el pleno resuelva si el caso pasa a ser competencia de un juez federal del fuero común, el cual tendrá que resolver si dicta un nuevo auto de formal prisión.

Esto dependerá de si los ministros consideran que el militar acusado mató a sus compañeros de armas estando en servicio; esto porque el doble asesinato ocurrió en horas de la madrugada, cuando el sargento Jiménez Pérez se escabulló de la guardia que tenía en el Hospital Militar.