Jueves 13 de junio de 2013, p. 17
Por mayoría de votos, la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite un amparo directo en revisión promovido por la UNAM, mediante el cual se declaró que subsiste el tema de constitucionalidad consistente en fijar los límites y alcances de las facultades de autogobierno y regulación de los términos de ingreso, promoción y permanencia del personal académico de las universidades e instituciones de educación superior autónomas.
El problema de constitucionalidad planteado por el apoderado de la UNAM se basó en que tanto la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje correspondiente –la cual ordenó a la universidad, entre otros puntos, reinstalar a un empleado en su puesto técnico académico y abrir el concurso de oposición por él solicitado– como el tribunal colegiado que negó el amparo contravienen en lo dispuesto en el artículo tercero, fracción séptima de la Constitución, al vulnerar la autonomía de gobierno de esa casa de estudios.
De esta manera, la interpretación del citado precepto constitucional es indispensable para determinar si la actuación de la autoridad responsable viola el principio de autonomía universitaria, previsto el texto constitucional.