Política
Ver día anteriorJueves 15 de mayo de 2014Ver día siguienteEdiciones anteriores
Servicio Sindicado RSS
Dixio
Invalida la SCJN norma de Puebla
 
Periódico La Jornada
Jueves 15 de mayo de 2014, p. 11

La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la invalidez del artículo 376, fracción II, del Código de Defensa Social para el Estado de Puebla, el cual señala que comete el delito de robo equiparado quien enajene o adquiera objetos sin cerciorarse de su legítima procedencia.

Al conceder ayer un amparo contra la citada norma, los ministros consideraron que ésta tiene un concepto vago, pues no precisa las características que debe cumplir el cercioramiento, lo cual lo hace impreciso y, por tanto, violatorio del principio de legalidad y exacta aplicación de la ley penal.

La sala consideró que el artículo referido no tiene indicativo alguno que determine en qué condiciones debe verificarse la legítima procedencia del bien mueble que enajene o adquiere, lo que deja al gobernado en estado de indefensión e incertidumbre.

Lo anterior, porque la acción penal queda a merced de un juicio valoratorio o ejercicio de interpretación que depende de cada juzgador, lo que puede propiciar que las autoridades incurran en arbitrariedades, al no haber parámetros objetivos que regulen la aplicación de la norma, de acuerdo con esa sala de la SCJN.