omo en muchas otras latitudes de la patria, en Chihuahua despuntan esperanzas surgidas de la movilización de varios sectores sociales. Hay despertares detonados por el hartazgo y hay significativos triunfos, resultado de una paciente y tenaz lucha. De los primeros hablamos en nuestra entrega pasada, al tratar la constitución del Movimiento Chihuahuense Unión Ciudadana. De los segundos trataremos ahora.
La comunidad rarámuri de Bosques San Elías Repechique acaba de ganar un amparo que detiene la construcción del aeropuerto de Creel. El 1º de abril de 2014 esta comunidad del municipio de Bocoyna, con la asesoría y acompañamiento de la Consultoría Técnica Comunitaria AC, había interpuesto dicho amparo en contra de autoridades de los gobiernos estatal y federal por las afectaciones y la falta de consulta en la construcción del aeropuerto regional de Creel.
El 2 de abril, el juez octavo de distrito otorgó la suspensión de plano de la obra y abrió el juicio, poniendo fecha para la audiencia constitucional el 4 de mayo. Sin embargo, por el retraso en la respuesta de las autoridades demandadas, las quejas presentadas por éstas en contra del juez, así como la queja presentada por la comunidad por la violación a la suspensión de las obras por parte del gobierno del estado, la audiencia constitucional se aplazó hasta el 1ª de septiembre.
Durante ese tiempo el gobierno del estado desplegó una doble y agresiva estrategia: por un lado trató de demostrar que sí hubo consulta, con el pretexto de que el expediente estuvo a disposición en la presidencia municipal. Argumentó también que el terreno había sido expropiado
al ejido Creel y era de su propiedad. Interpuso una queja contra el juez por la suspensión de la obra, pero no tuvo éxito. Por otro lado, emprendió una estrategia mediática de difamación y descalificación, encabezada por el mismo gobernador del estado, contra la comunidad de Repechique y las asociaciones civiles Contec, Cosyddhac y Tierra Nativa. Los argumentos oficiales fueron que se perjudicaba económicamente a la región serrana, que se estaba mercando con las comunidades indígenas y lucrando con el amparo. Gobierno del estado y hoteleros presionaron intensamente al juez que lleva el caso.
Sin embargo, la persistencia y la consistencia de la comunidad y de las asociaciones que la apoyan les dieron primero el triunfo político. El 12 de noviembre el vocal ejecutivo de la Coordinadora Estatal de la Tarahumara reconoció la labor de la comunidad y el profesionalismo de las asociaciones e inició un proceso de acercamiento con ellas. Esto llevó a que el domingo 23 de noviembre se llevara a cabo una reunión en la comunidad de Repechique entre ésta, los representantes del gobierno del estado y Contec. Los rarámuri reclamaron que nunca les preguntaron sobre la construcción del aeropuerto, enumeraron las afectaciones que les genera la obra, denunciaron el despojo de sus bosques y, sobre todo, denunciaron que Repechique es una comunidad de lucha que tiene muchos años peleando por el reconocimiento de su propiedad sobre la tierra, y esta falta de reconocimiento le ha generado todos los problemas.
El triunfo jurídico social sobrevino el 28 de noviembre al emitir el juez de distrito el amparo otorgando la suspensión definitiva de la construcción del aeropuerto de Creel. Las razones jurídicas, fundadas, sobre todo, en el artículo segundo constitucional, y en los pactos y protocolos internacionales signados por nuestro país, son un invaluable precedente por varias razones. Las más importantes: en primer lugar, reconoce a la comunidad indígena Bosques de San Elías Repechique y a los dos gobernadores nombrados por ella como sus representantes legítimos para actuar en este juicio de defensa de sus derechos fundamentales colectivos. Además, la reconoce como comunidad indígena, no como ejidatarios y comuneros según la Ley Agraria.
Argumenta: Su sola presencia (de la comunidad rarámuri) donde se está realizando el citado plan de desarrollo (el aeropuerto de Creel) presupone la existencia de un derecho sobre la misma en la medida que en forma tradicional la han venido ocupando y en ese tenor las autoridades está obligadas a tomar las medidas que sean necesarias para garantizar la protección efectiva de esos derechos
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Además, en la medida en que la comunidad es afectada de diversas maneras en sus bosques, en sus recursos naturales, en su libertad de tránsito, el juez concluye: “… la sola posibilidad de afectación ante la ejecución de obras del citado aeródromo hace obligatorio que se les deba consultar a fin de determinar si sus intereses y derechos serán afectados y en qué medida lo serán antes de la iniciación del proyecto…” Esta obligación, concluye el juez, no fue cumplida por las autoridades responsables pues “… no efectuaron un proceso de consulta de la comunidad rarámuri… antes de emprender o autorizar el proyecto (del aeropuerto)… puesto que los actos encaminados a realizar la consulta no cumplen con los elementos mínimos para garantizar el derecho de participación, puesto que no revelan que las autoridades hubieran establecido un procedimiento realmente efectivo con miras a consultar a las comunidades indígenas interesadas…”
Fundándose en todo lo anterior, el juez determina: “… ante la violación al derecho de consulta previa, por omisión completa a la población indígena autodenominada Bosque de San Elías Repechique, afectada por la iniciación del proyecto ‘Aeropuerto Regional Barrancas del Cobre-Creel’ en el municipio de Bocoyna, Chihuahua, lo procedente es conceder el amparo y protección de la Justicia Federal que solicita” (negritas en el original).
Con esta lucha, los Repechiques, Contec, y demás asociaciones que los apoyan, acaban de arrancar un triunfo importante no sólo para su comunidad, sino para tantas comunidades indígenas de este México vulnerado, que luchan por el reconocimiento de ellas mismas, de sus territorios y por su derecho a ser consultadas ante cualquier proyecto que las pueda afectar.
Otra luz en este otoño de oscuridades.