La PGR rechazó entregar la información solicitada por una asociación civil
Se requirió a la dependencia federal indicar la cantidad de restos pendientes de identificar correspondientes a los 72 migrantes localizados en Tamaulipas y los cadáveres hallados en NL
Jueves 19 de noviembre de 2015, p. 4
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) será el que resuelva el amparo en revisión en el que una asociación civil impugnó la negativa de la Procuraduría General de la República (PGR) de entregarle información sobre la cantidad de restos pendientes de identificar, correspondientes a los 72 migrantes localizados en agosto de 2010 en San Fernando, Tamaulipas, y los cuerpos encontrados en Cadereyta, Nuevo León, en mayo de 2012.
El pasado 3 de septiembre la primera sala del máximo tribunal del país ejerció su facultad de atracción para conocer dos amparos relacionados con sendas peticiones de acceso a la información que presentó la Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho en la que, vía solicitud dirigida a la PGR, requiere se le proporcione información sobre los restos sin identificar en San Fernando, Tamaulipas, y en otro documento se solicitó a la dependencia federal acceso al expediente del caso registrado en Cadereyta, en Nuevo León.
Inicialmente, el juez octavo de distrito, Fernando Silva García, dio la razón a la quejosa en el asunto de San Fernando, la cual tuvo que recurrir al amparo ante la negativa de la PGR y del extinto Instituto Federal de Acceso a la Información (Ifai) de responder favorablemente a la petición.
Al considerar que se violó el derecho al acceso a la información pública, el juzgador ordenó a la procuraduría emitir una versión pública del citado expediente.
Además, el juez Silva García determinó que cuando existen violaciones graves a derechos humanos o delitos de lesa humanidad, en ambos casos se afecta a la colectividad, por lo que debe operar una excepción a la restricción de informes sobre las averiguaciones previas, lo cual está previsto en la ley.
Ayer, la primera sala de la Corte determinó que por su importancia y trascendencia, los asuntos fueran turnados al pleno.