Se asignará un puntaje a los pacientes
Sábado 2 de mayo de 2020, p. 5
Después de una intensa polémica, el Consejo de Salubridad General (CSG) emitió una nueva Guía bioética para asignación de recursos limitados de medicina crítica en situaciones de emergencia, que señala como única característica a tomarse en cuenta la posibilidad demostrable, de acuerdo con la experiencia médica nacional e internacional, de beneficiarse de dichos recursos médicos
.
El documento indica que se deberá otorgar prioridad en la asignación de los recursos escasos de medicina crítica a los pacientes con el mejor puntaje
, el cual será elaborado por los equipos de triaje de cada hospital y se revaluará de manera periódica. Los criterios incluyen: situación presente del enfermo, si enfrenta comorbilidades prexistentes y su impacto sobre su expectativa de beneficiarse con algún tratamiento, así como su expectativa de supervivencia.
El texto –que ya cuenta con el consenso del pleno del CSG y sus vocales, aunque aún no ha sido publicado en el Diario Oficial de la Federación– elimina las disposiciones más criticadas por médicos y especialistas, incluido Manuel H. Ruiz de Chávez, ex titular de la Comisión Nacional de Bioética, quien presentó su renuncia en medio de la controversia que generó el que se considerara la edad, según el principio de vida por completarse
, como factor para definir el acceso a la medicina crítica ante una posible saturación de los servicios sanitarios.
Luego del deslinde de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) del contenido de la guía, que indicaba que en caso de empate entre dos pacientes se hiciera una elección al azar para definir a quién dar prioridad, el texto difundido por el CSG este 30 de abril elimina estos factores y destaca que la edad cronológica o tener una discapacidad no excluyen a los pacientes de ser candidatos de cuidados críticos.
Es un error que ha de evitarse a toda costa asumir que tener cierta edad o cualquier discapacidad es sinónimo de tener una calidad de vida inferior, un pronóstico desfavorable o mala salud
, apunta el documento que deberá aplicarse cuando se genere una demanda de recursos imposible de satisfacer.
También subraya que no se deberá tomar en cuenta para la asignación factores como filiación política, religión, ser cabeza de familia, valor social percibido, nacionalidad o estatus migratorio, edad, género, origen étnico, orientación sexual, identidad de género, discapacidades y situación jurídica o socioeconómica.
En particular, señala la guía –cuyos principios orientadores son justicia, dignidad humana, solidaridad y equidad– debe cuidarse que la limitación del derecho social a la salud en una emergencia no castigue más a poblaciones en situación de vulnerabilidad, como personas privadas de la libertad, migrantes y minorías étnicas.
Agrega que los proveedores de instituciones particulares no deberán negar la atención hospitalaria a personas que no cuenten con seguro médico privado o con los recursos económicos necesarios para solventar los gastos de hospitalización
.
En tanto, la Secretaría de Salud difundió la Guía para la protección de la salud de las personas con discapacidad en el contexto de Covid-19, que entre otros temas propone formas de comunicación que deben adoptar las autoridades sanitarias y los medios de comunicación para favorecer el acceso a la información de estos ciudadanos, así como medidas de protección, vigilancia y cuidados para ellos, sus familias y redes de apoyo.