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Desecha SCJN revisar amparo que Succar Kuri promovió contra su vinculación a proceso
 
Periódico La Jornada
Lunes 30 de agosto de 2021, p. 17

El proceso por el delito de pornografía infantil calificado contra Jean Succar Kuri podrá reiniciarse, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó la petición para revisar el amparo que el imputado promovió contra su vinculación a proceso.

En febrero de 2020 el primer tribunal colegiado del circuito 27 amparó al empresario revocando la sentencia de 112 años de prisión dictada en julio de 2016.

Según el colegiado, en dicha sentencia se hizo una mala aplicación del concurso real de delitos, al acumular indebidamente las penas de juicios federales y locales, que se le dictaron por cada delito de los que fue hallado culpable.

Este fallo no implicaba la libertad de Succar, pero sí la revisión de su sentencia, que podría bajar a 70 años de prisión. Sin embargo, aún inconforme, el empresario solicitó a la SCJN revisar el caso, lo cual ocasionó que su proceso quedara detenido hasta que el máximo tribunal resolviera si atraía el asunto.

El 23 de octubre pasado, el presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar, desechó por improcedente el recurso de revisión, debido a que Succar no presentó pruebas de que se hubiera violado algún principio constitucional durante su proceso.

Aun así, el empresario sostuvo que el pronunciamiento de la SCJN era ambiguo, lo que obligó al colegiado a solicitar al máximo tribunal copia de la certificación relativa, para verificar si el desechamiento había quedado firme.

Finalmente, la SCJN notificó al tribunal comuníquese al órgano colegiado oficiante, que mediante la certificación de cuenta de 9 de julio de 2021, dicho acuerdo causó estado. Esto significa que el proceso para dictar la nueva sentencia contra el imputado podrá reanudarse de inmediato, sin modificar su calidad de culpable.