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¿Qué institucionalidad requiere el Consejo de Salubridad General?
C

omo secretario del Consejo de Salubridad General (CSG), Marcos Cantero comunicó que durante 2023 el organismo erradicó prácticas inerciales, conflictos de intereses y vicios que se anteponían a su foco de atención: los pacientes, la premisa de su trabajo. Pretende garantizar el mejor medicamento disponible, no el más barato, el mejor que el anterior y los más altos estándares de calidad en servicios de salud (La Jornada, 17 y 18/7/23).

Con reformas y acuerdos, esta autoridad sanitaria no financiera excluyó la intromisión de privados en la integración del Compendio Nacional de Insumos para la Salud (CNIS). Se decía que había dinero para favorecer la incorporación de medicinas, material de curación y dispositivos médicos, y, una vez dentro, pueden ser adquiridos por las instituciones del Sistema Nacional de Salud (SNS).

Sobre el papel del consejo en la pandemia de covid-19, establece que declarar la emergencia no era facultad asignada por la Ley General de Salud, sino por la Ley de Propiedad Industrial, que da acceso a licencias de patente de medicamentos y sólo era posible cuando el Poder Ejecutivo sacara un acuerdo sobre la necesidad de medidas extraordinarias y su conclusión.

Cantero reconoce que encontró el consejo como órgano colegiado que venía sumándose a los esfuerzos del SNS, pero con muchos vicios, desorden administrativo y contactos de todo tipo con privados. A su secretaría corresponde diseñar el apoyo técnico, científico y administrativo. La reorganización empezó por el compendio nacional de insumos. Hay intereses creados porque son medicamentos e insumos que compra el sector público. Se creó la comisión y reglas del CNIS que no existían, actualizando métodos de evaluación con enfoque clínico. También cambiaron los requisitos: las solicitudes de fabricantes incluyen ahora la carta de una institución pública que plantee la necesidad de evaluar el insumo. Antes, las solicitudes se evaluaban sobre lo que los fabricantes aportaban como sustento. Ahora, con el aval de las instituciones, se evitan conflictos de intereses. De la comisión de expertos salieron los miembros del sector social y privado. Sólo están los especialistas de cada área terapéutica que designan las instituciones públicas y que no elige el secretario del consejo. Se acortaron los tiempos de evaluación –eran muy largos– porque la industria quiere meter todo. Al examinar sólo lo que las instituciones públicas necesitan, se reduce a la mitad. El rezago se terminó”. Tenemos más de 15 mil 500 claves: 10 mil son medicamentos y el resto dispositivos e insumos.

Se debe garantizar la certificación de calidad de hospitales y todos los servicios. El esquema anterior privilegiaba a privados. Había duplicidad y reglas diferentes en la Dirección de Calidad y Educación-Ssa para unidades del Seguro Popular que recibían financiamiento. Creamos el Modelo Único de Evaluación de Calidad (MUEC) con cinco fases graduales, evolutivas anuales con calidad y actualización constante de procesos. La quinta es la máxima.

Por ley, la participación de unidades del OPD-IMSS-Bienestar es obligatoria (desde el 1/7/23, mil 500 unidades comenzaron su inscripción a dicho modelo) y voluntaria para privados. Hay unidades buenas, malas y muy malas. Las acreditadas por Ssa se ubican, en promedio, en niveles uno o dos de cinco. Por las diferencias entre estándares, los privados podrían ubicarse en el cuatro o cinco, siempre que mantengan la calidad. El examen en curso de los privados concluirá con las reglas anteriores, ninguno queda a la deriva y pueden solicitar incorporarse al MUEC, que tendrá vigencia de cinco años.

Sobre el nuevo reglamento del consejo, presentado a éste el 22/6/23 sin objeciones y puesto a consulta pública, donde salen representantes de la UNAM, IPN y asociaciones de médicos especialistas, debe señalarse que permanecen 14 vocales titulares, entre ellos, las academias Nacional de Medicina y Mexicana de Cirugía, así como cuatro representantes regionales de los estados. Se propone que salgan los 19 vocales permanentes con voz, pero sin voto. Es una depuración de vicios. Hay participantes diversos y pocos ejercen su derecho de voz. No hacen propuestas y en algunos casos son suplentes.

Además, después de 19 años se eliminó de la Ley General de Salud (DOF, 30/5/23) el concepto de enfermedades de gastos catastróficos y su lista de intervenciones cubiertas (acotadas) a población sin seguridad social (Seguro Popular), de las que el consejo aprobó 66. Para Cantero, esa lista carecía de razón de ser, porque aunque los recursos son finitos, no por eso los pacientes dejan de existir. Las evaluaciones actuariales indicaron la dificultad de incorporar más padecimientos al Fondo de Gastos Catastróficos. Ahora el consejo dejó de tener la facultad de definir cuáles tratamientos se pagan. Ocurre lo mismo con las enfermedades raras.

¿Esta es la institucionalidad que requiere el Consejo General de Salud?

UAM-X