Compureban gastos
Revocan decisión del IEDF de multar al PRD
RAUL LLANOS SAMANIEGO
El Tribunal Electoral del Distrito Federal revocó ayer la decisión del Instituto Electoral del DF por la cual impuso, en octubre de 2000, una sanción superior al millón de pesos al PRD, por no comprobar gastos de campaña por cerca de 10 millones de pesos. La determinación del TEDF se basa en que el partido del sol azteca aportó facturas comprobatorias de esas erogaciones y a que el mecanismo para fijar la sanción impuesta fue inadecuado.
Por su parte, el presidente de la Comisión de Fiscalización del Consejo General del IEDF, Eduardo Huchim, al conocer esta resolución manifestó que el tribunal no revoca la sanción económica impuesta a los perredistas, sino que ordena revisar tanto las facturas presentadas como la multa, y calcular ésta con base en salarios mínimos vigentes en 2000. De aplicarse este último procedimiento, precisó, "el partido se ahorrará aproximadamente 20 mil pesos". Incluso, destacó, si los documentos que el PRD presentó al TEDF y que les serán remitidos para su estudio, comprueban los más de 9 millones de pesos de faltantes, entonces la sanción ya no tendría sustento, de lo contrario se ratificaría la multa impuesta.
En octubre de 2000 el IEDF decidió multar al partido del sol azteca por no comprobar fehacientemente los recursos aplicados durante las campañas efectuadas ese año sobre todo por la supuesta falta de documentación de un contrato de tiempos televisivos que ascendía a cerca de 10 millones de pesos.
Regresan expediente a la Comisión de Fiscalización del IEDF
Ante esa resolución, el partido acudió al tribunal electoral y fundamentó su impugnación en tres puntos medulares, violación de los principios de legalidad y congruencia, así como emisión de valoración de las circunstancias bajo las cuales se cometieron las faltas.
Durante la breve sesión ordinaria de ayer del TEDF, los magistrados consideraron que el instituto electoral violó el principio de legalidad al cuantificar las sanciones que impulso al partido demandante, de acuerdo con el salario mínimo vigente en 2001, cuando debió hacerlo según el que operaba al momento en que tuvo lugar la conducta infractora; esto es, en 2000. Por ende, se modificó la resolución para ajustar los montos en estos términos.
De igual manera, los integrantes del pleno del TEDF determinaron que el expediente que motivó las impugnaciones del PRD deberá ser devuelto a la Comisión de Fiscalización del IEDF para que esta autoridad electoral emprenda el examen y valoración de diversos documentos, entre ellos fracturas por contratos de tiempos en televisión, estados de cuenta, registros contables y otros, los cuales resultan ser pruebas trascendentes para la determinación de multas a ese partido político.
Una vez devuelto el expediente, el instituto electoral deberá reanalizar las pruebas documentales y, con base en ello, fijar una nueva resolución. Integrantes del PRD manifestaron que de ser la misma sanción o no estudiarse los comprobantes, podrán acudir de nueva cuenta ante el TEDF.