Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Domingo 8 de septiembre de 2002
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Política

Francisco López Bárcenas

Fallaron

Cuando los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación fallaron sobre la mayoría de las controversias constitucionales presentadas por municipios indígenas, también le fallaron al pueblo de México y, lo más grave, se fallaron a ellos mismos. La esperanza puesta en ellos por millones de mexicanos fue destruida en unos cuantos minutos y la apertura mostrada al decidir sobre otras materias, como cuando fijó las facultades del Presidente de la República para reglamentar el horario de verano o la generación de electricidad, o la facultad de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal para legislar sobre aborto, esta vez no pasó la prueba de fuego. En pocas palabras al fallar, fallaron.

La esperanza de que abriera las puertas que el Ejecutivo y el Legislativo cerraron para que en el país las cosas se realicen conforme a derecho hizo que muchos no previéramos un fallo de esta naturaleza, aunque de muchas formas ya se anunciaba. Por ejemplo, el acuerdo de desechamiento de pruebas con el argumento de que revisar el procedimiento de las reformas "implicaría el análisis de una norma general, la cual no es objeto de prueba". En este caso específico los ministros instructores confundieron la forma de creación de las normas con el contenido de ellas, y con ello dejaron a los demandantes en estado de indefensión jurídica.

Asunto no procesal, pero no por eso de menor importancia, es que durante algunas entrevistas que los representantes de los municipios demandantes gestionaron y consiguieron con algunos ministros, éstos no opinaron ni a título personal sobre la procedencia de las controversias, y menos sobre el sentido de las resoluciones, pero sí se comprometieron a que las audiencias fueran públicas. Pero contrariamente a eso el fallo se adoptó sin que se notificara a las partes de la realización de las audiencias, para que no se enteraran y no pudieran asistir. Ellos pueden decir que la ley no los obliga a hacerlo, y técnicamente tendrán razón, pero tampoco se los prohibía y el asunto reclamaba mayor sensibilidad. Del fallo, quienes más interesados estaban en él tuvieron que enterarse por los medios de comunicación, cuando era ya un acto consumado.

Pero la Suprema Corte de Justicia de la Nación también falló contra sí misma. No sólo desaprovechó la oportunidad de confirmar su tesis del año de 1999, en el sentido de que impugnar un proceso de reforma constitucional no es atacar a la Constitución Política sino actos previos que integran el proceso legislativo tendientes a reformarla y, en ese sentido, quienes intervienen en dicho proceso pueden ser consideradas autoridades responsables porque se trata de órganos constituidos, con existencia previa a los actos impugnados y regulados por leyes que delimitan sus actos. En lugar de apuntalar este criterio que emana directamente de nuestra Constitución Política, decidieron dar marcha atrás y sostener que la ley no considera al Constituyente Permanente dentro de los órganos, poderes o entidades que pueden ser parte en una controversia constitucional.

Teniendo tantas otras opciones jurídicas para resolver las controversias constitucionales, aun para emitir un fallo con similares consecuencias al emitido, la Suprema Corte de Justicia de la Nación prefirió el camino fácil que un tecnicismo procedimental le brindó y, como los otros poderes, hizo oídos sordos a los reclamos de los pueblos indígenas. No sólo les negó el derecho que reclaman, porque ni siquiera eso le pedían, se negó a escucharlos en su demanda central de restituir el orden constitucional violado durante el proceso de reforma, aunque para hacerlo se despojara del poder que ella misma se había atribuido a partir de una interpretación constitucional previa.

Se equivocan quienes piensen que el fallo afecta sólo a los pueblos indígenas de México. Ellos son los directamente agraviados, pero el impacto de él todavía está por verse. Lo que por ahora es claro es que el fallo no abona a la paz, ni a consolidar un estado de derecho plural y democrático, ni al tránsito a la democracia. Los señores ministros fallaron.

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