Miguel Concha
Cumplimiento de recomendaciones
El 30 de mayo de 2002 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) envió al gobierno de México un informe confidencial que contiene recomendaciones por la violación a los derechos humanos cometida en contra de Alfonso Martín del Campo. De no cumplir con ellas, podría convertirse en el primer caso que el gobierno de nuestro país tenga que litigar frente a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, órgano jurisdiccional de la Organización de Estados Americanos.
Martín del Campo fue detenido arbitrariamente en su domicilio el 30 de mayo de 1992 por policías judiciales capitalinos, sin que lo encontraran en flagrante delito y sin que existiera orden de aprehensión alguna en su contra, como presunto responsable del asesinato de su hermana Juana Patricia Martín del Campo y su cuñado Gerardo Zamudio Aldaba. Trasladado a las oficinas del Ministerio Público en la delegación Benito Juárez, fue torturado para arrancarle una firma, en la que reconocía la supuesta autoría del doble homicidio, que fue utilizada posteriormente para fundamentar una falsa confesión. Durante esta diligencia, según aparece en el expediente, consta que fue asistido por un defensor de oficio, que ni siquiera era abogado, sino experto en computación. No estuvo tampoco presente en ningún momento ninguna persona de su confianza.
Ese mismo día se realizó la reconstrucción de hechos, y en las fotografías se observa que las manos de Martín del Campo eran manipuladas por los propios agentes de la Policía Judicial para que las colocara en alguna forma predeterminada. Por si fuera poco, no es posible identificar en ellas a ninguna otra persona, ya que el resto de las mismas, incluyendo a los policías judiciales, presentan una línea en la cara. Lo que pone en evidencia la intención de los agentes de ocultar su identidad. Puesto que el cadáver de su hermana presentaba cabellos en la mano izquierda y en uno de los muslos, en la supuesta confesión se señala que, al momento de asesinarla, ésta cogió a Alfonso de los cabellos. Sin embargo, el peritaje de patología de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) dio como resultado en el proceso que los cabellos encontrados en diferentes lugares no pertenecían ni a Alfonso Martín del Campo ni a las víctimas. Además, al día siguiente de los hechos el Ministerio Público ordenó que se incineraran las ropas de la hermana y del cuñado, por supuestas "razones de higiene", cuando la ley establece que se deben preservar todas las pruebas, por si se llegaran a requerir posteriormente.
En la declaración ante el juez, de fecha primero de junio de 1992, Alfonso Martín del Campo negó rotundamente los hechos que quedaron asentados en la declaración ministerial, y por lo mismo rechazó el valor que ésta pudiera tener. Señaló en cambio ante las autoridades que fue torturado, a partir de lo cual el Ministerio Público debió iniciar de oficio una averiguación previa por tortura, que no fue llevaba a cabo. La primera sentencia se emitió el 28 de mayo de 1993, declarándolo penalmente responsable de la comisión del doble asesinato, e imponiéndole una pena de 50 años de prisión. La apelación fue resuelta el 17 de agosto de 1993, confirmándole la sentencia, sobre la base de la primera confesión, arrancada bajo tortura. En amparo se volvió a confirmar la misma resolución.
El 14 de octubre de 1994 la Con- traloría Interna de la PGJDF concluyó que el policía judicial que puso a disposición a Alfonso Martín del Campo, vulneró sus garantías fundamentales, por lo que lo imposibilitó para que por tres años ejerciera cargo público alguno.
El 27 de diciembre de 2002 la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal tuvo a bien emitir una recomendación, acertadamente documentada y fundamentada, a la Procuraduría y al Tribunal Superior de Justicia del DF, para que remedien las violaciones a los derechos humanos cometidas en contra de Alfonso. El día de ayer se cumplía el plazo para que ambas instancias manifestaran su voluntad de cumplir con ellas. El grave caso señalado es sin duda un nuevo reto para la actual administración. Esta debe mostrar con hechos que tiene voluntad de mejorar la situación de los derechos humanos en México, y cumplir cabalmente con las recomendaciones emitidas por la CIDH, pues entre otras cosas sigue vigente en nuestro país el llamado principio de inmediatez procesal, mediante el cual la primera confesión, vertida ante el Ministerio Público, tiene más peso en el conjun- to de pruebas que se ventilan en el proceso penal.