Portada
Presentación
Tiburones y tiburoneros: última llamada a la gestión pesquera
Raúl Marín-Osorno
Regulación de la pesca de tiburones y rayas: historia de un proceso normativo
Raúl Villaseñor Talavera
La extinción "comercial" de las grandes especies de tiburones en México
José Leonardo Castillo-Géniz
¿Qué podemos hacer por los tiburones, las rayas y los pescadores?
Juan Carlos Pérez Jiménez
Tiburón blanco, ¿blanco de la avaricia humana?
Edgar Mauricio Hoyos Padilla
Todavía es tiempo para los tiburones en Chiapas
Sandra R. Soriano Velásquez, Donaldo E. Acal y Heber Zea de la Cruz
Las rayas, especies marinas importantes en espera de protección
David Corro Espinosa y Crescencio Castillo Castro
La NOM 029, beneficio para las tortugas y mamíferos marinos
Juan Carlos Cantú y Alejandro Olivera
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Regulación de la pesca de tiburones y rayas: historia de un proceso normativo para su aprovechamiento y conservación
Raúl Villaseñor
Talavera
Secretario
Técnico del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Pesca
Responsable
Hace poco más
de 20 años, en las costas de Nayarit se capturaban grandes
cantidades de tiburones. Algunos pescadores salían en su
búsqueda y regresaban la otra mañana con las pangas
llenas de producto; otros se iban por varios días, acampaban
en la isla Isabel y capturaban diversas especies con redes y palangres
(líneas de varias decenas y hasta centenas de anzuelos).
Me tocó ver en
las playas cercanas a San Blas la llegada de muchas pangas que traían
ejemplares de "escama marina", como el pargo, robalo,
lisa, bagre, pámpano, mero y muchas otras que se pescan en
los bajos rocosos y en las aguas cercanas a los estuarios. También
se encontraban tiburones durante algunas épocas del año,
tanto de las especies pequeñas conocidas como "cazones",
como de otras más grandes, por ejemplo, los "tiburones
martillo". Ahí había una creciente pesca ribereña,
muy rica en diversidad de especies y cantidades de producto para
abastecer a mercados locales, regionales y hasta grandes ciudades
cercanas.
Hoy, esa gran bonanza
no existe. Cada día duran más las jornadas de pesca
y es menos el producto que se obtiene de ellas. Por años,
los pescadores tradicionales han visto la competencia de nuevos
pescadores, los efectos del deterioro de los ecosistemas y la contaminación
del agua debido al desarrollo de la sociedad. Eso ha afectado la
disponibilidad de los recursos biológicos en las aguas marinas
costeras, las más ricas en especies y biomasa. Aun así,
los pescadores siguen saliendo por el producto, porque, en primer
lugar, abastece de alimento a sus familias.
En la pesca ribereña,
el tiburón es una fuente de alimento muy barato y en muchas
ocasiones gratuito, porque si se le captura de manera incidental,
los pescadores prefieren consumirlo con su familia, antes que malbaratarlo
con los compradores. Otros van directamente a buscar los tiburones
aprovechando el conocimiento que tienen sobre sus movimientos migratorios,
ya que hay especies que recorren grandes distancias en cardúmenes
o pequeños grupos.
Es muy probable que,
ante la menor disponibilidad de tiburones, los líderes pesqueros
de las cooperativas y empresarios, solicitaran al gobierno federal
desde fines de 1995, la elaboración de regulaciones para
su pesca. Antes de 1996, solamente se establecían algunas
obligaciones en los permisos de pesca tanto para los barcos como
para las pangas o lanchas.
Aquella petición
del sector productivo coincidió con el acuerdo internacional
sobre el Código de Conducta para la Pesca Responsable en
la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura
y la Alimentación (FAO), en donde México tuvo una
activa participación. Además de las contribuciones
de los representantes oficiales destacó la intervención
de la doctora Margarita Lizárraga, distinguida bióloga
mexicana, que entonces formaba parte del staff de la FAO
y una de las principales promotoras de ese trascendental código
para la pesca mundial sustentable.
Ya desde 1993, los especialistas
del Instituto Nacional de la Pesca habían recomendado que
no se autorizaran nuevos permisos de pesca comercial y en 1996 se
tuvo la gran expectativa de que pronto se aprobaría una norma
para contribuir a la pesca racional, disminuir los riesgos de afectación
a algunas poblaciones de tiburones, así como evitar que la
producción disminuyera (Fig. 1).
Entonces estábamos
muy lejos de pensar en las grandes vicisitudes y tropiezos por los
que pasaría la norma, que desde su origen tuvo como nombre
"NOM-029 " y tampoco imaginábamos los intereses
que saldrían a relucir al pretender regular la pesca de un
recurso que es propiedad de la nación.
En 1996, por acuerdo
del Comité Consultivo Nacional de Normalización de
Pesca Responsable se constituyó un Grupo de Trabajo Técnico
integrado por investigadores y representantes de las organizaciones,
dependencias e instituciones de educación e investigación,
al cual se le encomendó elaborar un proyecto de norma oficial
mexicana que, conforme a nuestro marco legal, es la regulación
técnica, general y obligatoria que permite establecer las
especificaciones técnicas de cualquier proceso, sistema,
modalidad de aprovechamiento, la protección al ambiente,
a los ecosistemas y a sus recursos.
El grupo técnico
realizó diagnósticos de la pesca, consultas públicas
con los sectores productivos y académicos en ambos litorales
y analizó propuestas de regulación de sistemas de
pesca y vedas.
Mientras esto ocurría
en México, a nivel internacional también creció
el interés por mejorar la investigación y el manejo
sobre el uso alimentario de los tiburones y rayas. En la FAO se
establecieron grupos de especialistas para analizar la situación
mundial de la pesca de tiburones; hubo interés por controlar
el comercio y después de diversas consultas, los países
acordaron el Plan de Acción Internacional para el Manejo
y Conservación de Tiburones, con la finalidad de establecer
estrategias y acciones de largo plazo para asegurar el uso sostenible
y la conservación de tiburones.
Actualmente, los principales
países productores de tiburón se han incorporado al
plan internacional, a pesar de lo cual la situación no ha
cambiado mucho respecto a los diagnósticos de hace diez años,
ya que más de la mitad de los tiburones migratorios se encuentran
sobreexplotados o agotados, según el informe más actual
del estado mundial de la pesca.
En México, paralelamente
a las contribuciones a nivel internacional, entre 1999 y 2000, continuaron
los trabajos de elaboración de la NOM-029 (Fig. 2) y el anteproyecto
se sometió a una nueva consulta entre pescadores, académicos
e investigadores, con base en la cual se realizó una revisión
y adecuación, siguiendo el procedimiento establecido en la
Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
Desde entonces empezaron
a aparecer amenazas a la regulación, debido a las posiciones
encontradas entre el sector de aprovechamiento y el de conservación,
por eso la primer NOM-029 se publicó hasta el mes de julio
de 2002. Debido a la oposición de algunos prestadores de
servicios turísticos, que trascendió incluso a nivel
de los medios de comunicación, la Secretaría de Agricultura,
Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación,
decidió posponer la fecha de entrada en vigor de la NOM.
Apenas tres meses después
de publicada, la primer NOM-029 fue cancelada para dar lugar a una
mayor participación de los sectores involucrados, situación
que desalentó a quienes habíamos contribuido en la
elaboración de la norma con el interés de lograr el
aprovechamiento responsable de los tiburones y rayas.
Esa decisión daba
al traste con varios años de trabajo y hubo que discutir
nuevamente los avances en el conocimiento de las pesquerías
y las especies, analizar la producción y los resultados de
nuevas investigaciones. Hoy se reconoce que haber cancelado la primera
norma fue una decisión equivocada.
Entre el 2003 y el 2004,
también se realizaron foros científicos y se avanzó
en investigaciones sobre pesquerías específicas y
selectividad de los sistemas de pesca. Esto último es la
propiedad que tienen los equipos y métodos de pesca para
capturar y retener las especies deseadas en una determinada cantidad,
tamaño y calidad.
Los principales temas
de controversia fueron el establecimiento de límites a las
zonas de pesca y la prohibición de las redes de enmalle en
los barcos, ya que esto implica reducir las zonas tradicionales
de pesca y llevar a cabo un cambio de tecnología para que
los barcos sustituyan sus redes por palangres (equipos de pesca
que utilizan anzuelos).
Después de un
arduo trabajo técnico y de intensas negociaciones entre los
representantes de los pescadores y las ONG, así como reuniones
intersecretariales en el 2005, se concretó un gran acuerdo
para tener una norma que acercara los intereses de aprovechamiento
y de conservación. En octubre de 2005 se superaron todos
los obstáculos legales y administrativos para publicar por
segunda ocasión el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY
NOM-029-PESC-2004, Pesca responsable de tiburones y rayas, especificaciones
para su aprovechamiento.
Los comentarios recibidos
durante la consulta fueron analizados por los especialistas y se
elaboraron las respuestas correspondientes. La NOM-029 definitiva
aprobada por el Comité Nacional se publicó el 14 de
febrero del año 2007 e incluye disposiciones al aprovechamiento
sustentable de tiburones y rayas, así como a la protección
a tortugas y mamíferos marinos. Cabe destacar, entre otros
elementos contenidos en la norma aprobada, los siguientes:
- Se prohíbe
el aprovechamiento exclusivo de las aletas (aleteo).
- Protección
a especies de tiburones y rayas que requieren medidas de conservación,
como tiburón blanco, tiburón ballena, peregrino
y manta raya gigante.
- Control del esfuerzo
pesquero y especificaciones sobre las artes de pesca.
Existen prohibiciones
de pesca en:
Zonas y
temporadas de veda,
Alrededor
de los arrecifes coralinos,
Frente
a playas de anidación de tortugas,
Alrededor
de colonias de lobos,
En zonas
de refugio para proteger la reproducción de tiburones
y rayas, y
Prohibición
del uso de redes de enmalle en buques.
- Procedimiento para
establecer vedas regionales, temporales o estacionales.
- Sistema de información
con base en bitácoras de pesca, avisos de arribo, de
los observadores abordo y guías para la identificación
de tiburones y rayas.
- Plan de Acción
Nacional para el Manejo y Conservación de tiburones y
rayas en el marco del plan de acción internacional de
la FAO.
- No se autorizan
redes de arrastre, ni redes de enmalle de deriva.
- Establece una franja
costera de restricción para la pesca de tiburón
(10, 15, 20 o 50 millas náuticas), de acuerdo al tipo
de embarcación (ribereña, de mediana altura o
de altura).
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