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Plantean diputados que el Ejecutivo pueda reasignar 2.5% del PIB
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▲ En la imagen de arriba, legisladores del PRI, PAN, PRD y Movimiento Ciudadano, quienes formaron un bloque de contención contra la reforma a la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, ofrecieron una conferencia de prensa en el Senado, donde (imagen de abajo) fue instalada –con cuatro horas de retraso– la Comisión Permanente del Congreso de la Unión.Foto Guillermo Sologuren
 
Periódico La Jornada
Sábado 2 de mayo de 2020, p. 9

La Comisión de Presupuesto de la Cámara de Diputados plantea que, ante una emergencia económica, el presidente Andrés Manuel López Obrador pueda reasignar hasta 610 mil millones de pesos, casi 2.5 por ciento del PIB, en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2020, a fin de destinarlos a obras prioritarias, atender la pandemia por coronavirus y medidas para evitar una mayor crisis económica, así como a realizar cambios programáticos en el gasto público, sin autorización de los legisladores.

Se trata, explica el proyecto de dictamen de reforma a la Ley de Presupuesto, de que el Presidente cuente con una flexibilidad temporal que le permita concentrar recursos en áreas neurálgicas.

El documento, circulado a los diputados desde la mañana del viernes, reconoce que con ello se le otorga un ámbito de discrecionalidad al Ejecutivo que le permita reorientar hasta 10 por ciento del gasto neto total –de 6.1 billones este año– y sólo si requiere un porcentaje mayor podrá consultarlo a la cámara.

Al autorizarle realizar cambios a la estructura programática, quedaría sin efecto el artículo 58 de la misma ley –aunque éste no se cambia–, el cual prevé que las adecuaciones sólo pueden hacerse por las dependencias para reasignar su propio gasto, sin cambiar las metas.

Ello implicaría, en los hechos –explicaron diputados–, una modificación del presupuesto por parte del Ejecutivo.

Inicialmente la propuesta del Presidente no consideraba un monto preciso a reasignar, pero el proyecto de la comisión introdujo un monto máximo de 10 por ciento del gasto neto total, esto es el gasto programable y el no programable.

La comisión propuso que, para decretar la emergencia económica, el Presidente deberá basarse en datos del Banco de México y del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, respecto de que en el trimestre previo el PIB registre una caída de menos uno por ciento, lo cual ya se actualizó el jueves con la confirmación del retroceso de 2.4 por ciento.

Para ello, el Ejecutivo no tendría que esperar al reporte trimestral, sino solamente presentar, a través de la Secretaría de Hacienda, un esquema de cálculo urgente de una mayor caída del PIB en el siguiente semestre.

Como una forma de precisar un límite temporal, la comisión consideró que la atribución presidencial sólo funcionaría durante el ejercicio fiscal en el que se declare la emergencia pues, evaluó, si para el siguiente la expectativa es de una crisis económica mayor, el Ejecutivo deberá presentar sus previsiones para enfrentarla en el proyecto de presupuesto próximo.

El límite de 10 por ciento permitirá, según la comisión, que si el Ejecutivo prevé reorientar más recursos, que se sujete al artículo 74 constitucional, porque deberá justificar el monto adicional y se evitaría llegar al grado de una virtual disolución de la relación constitucional entre los poderes Ejecutivo y Legislativo, y que el primero no se imponga sobre el segundo, como ha denunciado la oposición.